27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

La Corte contra los piratas

En un hecho infrecuente, el Máximo Tribunal resolvió “comunicar” a la Procuración la actuación de un fiscal que no apeló el archivo de un expediente iniciado a raíz de la alteración de su sitio en Internet y reclamó al Ministerio de Justicia por leyes que castiguen la piratería informática.

 
La Corte Suprema de Justicia remitió a la Procuración General de la Nación copia de las actuaciones judiciales iniciadas a raíz de las alteraciones de su sitio en Internet, debido a la intervención de un fiscal federal, en tanto decidió reclamarle al Ministerio de Justicia que impulse la sanción de leyes que penalicen la piratería informática.

Desde la cabeza del Poder Judicial se hizo conocer hoy la necesidad de “un encuadramiento legal expreso” que proteja los nuevos sistemas de comunicación, ya que su ausencia, tal como le tocó sufrir en carne propia, resultó “perjudicial para la administración de Justicia”.

La resolución del Máximo Tribunal se conoció hoy a través de la acordada 30/02 firmada hoy por siete de los nueve integrantes del tribunal, y está referida a un hecho ocurrido el 26 de enero de 1998, cuando se constató que fue modificada su pagina de Internet , alteración que “no había sido hecha por personal del Poder Judicial de la Nación”.

Por esa razón, la Corte resolvió el 25 de agosto de ese mismo año, por medio de la resolución 46/98, y ante la posible comisión de un hecho delictivo “efectuar la correspondiente denuncia” ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.

De ese modo, se inició la causa criminal 8515/98 (Gornstein, Marcelo Hernán y otros s/delitos de acción pública) que se tramitó en el juzgado federal 12, por entonces vacante y a cargo del ex juez federal Gustavo Literas, expediente donde, según informó el tribunal en su resolución de hoy, “el fiscal federal Jorge Felipe Di Lello impulsó las actuaciones por considerar que –a pesar de la dificultad en precisar el encuadre típico del obrar denunciado aparecería en principio y sujeto al devenir pesquisativo... el delito de violación de secretos previsto en el artículo 153 del Código Penal”.

Literas, delegó la instrucción de la causa en el fiscal federal número 1, Jorge Álvarez Berlanda, quien pudo determinar en su investigación “la identidad de los autores de la alteración de la página Web del Tribunal”.

Sin embargo, Álvarez Berlanda se excusó de seguir interviniendo en las actuaciones y con posterioridad se les recibió declaración indagatoria a los acusados, según los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal.

Según señala la Corte, no obstante esa situación, el nuevo titular del juzgado 12 , Sergio Torres, resolvió el pasado 20 de marzo sobreseer a los autores de la conducta denunciada “por entender que el hecho investigado no se encontraba tipificado en el Código Penal, decisión que, por lo demás, no fue apelada por el nuevo fiscal interviniente, Dr Di Lello, quien en primer término había impulsado la investigación”.

La Corte, reunida hoy, dispuso expresar su “preocupación” ante la “gravedad de las circunstancias”, y acordó en la necesidad “de poner en conocimiento de lo actuado a los organismos pertinentes a fin de que se adopten las medidas conducentes para evitar situaciones” como las planteadas.

De esa forma, resolvió remitir copia de las actuaciones a la Procuración General de la Nación, organismo de quien dependen los agentes fiscales, “a los efectos que estime corresponder” y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación “a fin de que, de estimarlo conveniente, propicie la legislación necesaria para sancionar penalmente conductas como la investigada, ya que la ausencia de encuadramiento legal expreso llevó a que la causa concluyera con un resultado perjudicial para la administración de Justicia”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486