La procuradora fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, dictaminó que debe confirmarse un fallo que condenó a la madre de un desaparecido a que entregue el 50% de la indemnización recibida por el caso a su nuera. El dictamen completo.
La procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, Laura Monti, dictaminó en una causa entre la madre y la nuera de un desaparecido en 1977 que exigía recibir una parte de la indemnización -proveniente de los daños y perjuicios que causó la desaparición-.
Se trata de la causa “CIT c/ BRC s/ Ordinario” que llegó a la Corte Suprema luego de que la Cámara Civil hiciera lugar al reclamo de la nuera, pareja del desaparecido EEB. El hombre, militante de montoneros fue secuestrado y desaparecido el 11 de enero de 1977.
La reclamante, también secuestrada entre 1978 y 1979 -año en que fue liberada- reclamó el pago del 50 % de la indemnización que recibió la madre del desaparecido. En primera instancia y en la Cámara Civil, los magistrados hicieron lugar al pedido de la mujer.
Para los magistrados de ambas instancias “el nacimiento del hijo se presumía la existencia de la unión de hecho de sus padres en forma inmediatamente anterior a la desaparición o el fallecimiento” y “era suficiente” ya que la actora tuvo un hijo “con quien sufrió la desaparición forzada o el fallecimiento como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas o de seguridad”.
Por lo que hicieron lugar a la solicitud. Esto fue apelado y llegó al Máximo Tribunal que pidió la opinión de la Procuración General. Laura Monti, procuradora fiscal, entendió que debe confirmarse la sentencia y rechazar el recurso presentado por la madre del desaparecido.
“No se advierte un grosero apartamiento de la solución normativa prevista para el caso o un defecto grave en su fundamentación, motivo por cual la tacha de arbitrariedad debe -en mi criterio- ser rechazada”, sostiene la procuradora fiscal.
Al tiempo que la madre del desaparecido “no se verá privada de la indemnización por la desaparición forzada de su hijo, como erróneamente sostiene en su escrito recursivo, sino que deberá compartir el importe cobrado con la actora y el hijo del desaparecido, a la sazón, su nieto”, explicó Monti.
Por ello recomendó a la Corte Suprema que rechace el recurso extraordinario y confirme el fallo dictado por la sala L de la Cámara Civil.