La Cámara del Crimen confirmó una sentencia que hizo lugar a un habeas corpus y ordenó el traslado de presos que se encuentran detenidos en la Unidad 28 del Servicio Penitenciario Federal.
La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Carlos Alberto González, Mariano González Palazzo y Alberto Seijas, confirmó una sentencia de primera instancia en la que se hizo lugar al habeas corpus presentado por la defensa de uno de los detenidos.
Se trata de la causa “G., A. s/ habeas corpus-colectivo-” donde la Sala confirma la resolución del juez de la instancia de origen que hace lugar a la acción de habeas corpus promovida por uno de los detenidos en beneficio de quienes se encontraban alojados en ese momento en la Unidad 28 del Servicio Penitenciario Federal.
Los camaristas ordenaron el “realojamiento de los detenidos que no posean diligencias procesales inmediatas pendientes” ante los tribunales a cuya disposición se encuentran, “debiendo el traslado concretarse con carácter de urgente con comunicación inmediata a los tribunales respectivos bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia”.
Los magistrados sostuvieron que la unidad 28 del SPF “es sólo un centro de alojamiento transitorio y para el cumplimiento de medidas judiciales que no reclamen la presencia del detenido por más de 24 horas”, por lo que por su objetivo “carece de las condiciones necesarias para el alojamiento de personas por un lapso mayor”.
Ya que “espacios son reducidos, carecen de ventilación y luz natural y los sanitarios existentes son escasos”, explica la causal. Lo que para los jueces “colisiona con las exigencias que la Constitución Nacional contiene en su artículo 18, última parte, amén de que también incumple con el reglamento de la unidad en cuestión”.
Por ello hace lugar al habeas corpus y ordena a la Dirección del SPF el “realojamiento de los detenidos”, asimismo envió una copia de la sentencia a la Corte Suprema y al Consejo de la Magistratura.