El Consejo de la Magistratura de la Nación analizará proyectos que tienen como punto principal modificaciones en el reglamento de selección de magistrados y en las subrogancias para el Poder Judicial. Los detalles de las iniciativas presentadas en el organismo.
Durante el último plenario realizado por el Consejo de la Magistratura en el que hubo una discusión en torno a la parálisis que sufre el organismo desde hace tiempo luego de que el presidente del organismo, el consejero-juez Mario Fera, diera un informe en el que detallaba que los consejeros “debían estar presentes al servicio de las funciones asignadas”.
Asimismo, y más allá de las dicusiones que se dieron, el consejero hacía propuestas al resto de los consejeros para “solucionar” el parate. Entre ellas figuraban que se otorgue tratamiento a “los temas reglamentarios”; “la vigencia temporal de la nueva ley”; “el tratamiento a las denuncias”; el “urgente tratamiento de temas de administración” y “la retribución de los docentes de la Escuela Judicial”.
En ese marco se inscriben dos proyectos presentados por el presidente y que tienen que ver con la reglamentación de la selección de magistrados y las subrogancias. Dos temas que luego de la sanción de la nueva ley del Consejo de la Magistratura, fue punto de discusión en el organismo.
Las modificaciones de la ley pasaron la responsabilidad de las subrogancias nuevamente al Consejo de la Magistratura. La iniciativa presentada plantea unos 60 días como límite para las subrogancias transitorias: “En los supuestos de vacancias en juzgados de primera instancia (...) la cámara de la jurisdicción respectiva procederá a la designación del subrogante por un sorteo entre la lista de secretarios de ambas instancias que a tales fines hayan confeccionado y puesto previamente en conocimiento del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación de acuerdo al presente reglamento”, dice el proyecto.
Al generarse una vacante permanente, se deberá reunir primero la Comisión de Selección y luego el Plenario, para analizar a los candidatos a la subrogancia. ”De tratarse de una vacante definitiva, el propio plenario deberá fijar la fecha en que se convocará el concurso -si es que éste no fue ya convocado-, convocatoria que –en cualquier caso- no podrá demorarse más allá de veinte (20) días hábiles de la sesión en que se la dispuso”, continua.
En cuanto a los cambios en el reglamento de selección, el proyecto incorpora plazos y sobre todo una definición en los concursos que no consiguen la cantidad de votos necesaria para poder ser aprobadas las ternas y se remitidas luego al poder ejecutivo.
“Para el caso en que, al momento de la votación de la terna, ésta no alcanzare la cantidad de votos suficientes para su aprobación, quienes voten en disidencia deberán formular propuestas alternativas para la aprobación del concurso”, consigna la sentencia. En el último tiempo los concursos 258 y 260, destinados a cubrir vacantes en el fuero Civil y Comercial, fueron los concursos que sufrieron esta falta de votos para avanzar más allá de que en el resto del proceso no habían tenido impugnaciones.
Según propone la iniciativa, “en caso de que el Plenario no aprobare un proceso de selección, ordenará su vuelta a la Comisión sobre la base de una directiva precisa que esta pueda ejecutar en un plazo concretamente determinado por el propio Plenario, que no será mayor a treinta (30) días hábiles”, luego volverá al plenario que deberá expedirse dentro de los 30 días hábiles de recibido el concurso.
Si allí no se pueden lograr nuevamente los votos necesarios “para su aprobación quedará la siguiente posibilidad: quienes voten en disidencia deberán formular una última propuesta alternativa, la cual en caso de no ser receptada favorablemente, derivará en la exclusión del cómputo de aquellos votos disidentes, en cuyo caso quedará aprobado el concurso según la terna vinculante así conformada”.
Ambas iniciativas están en manos de los consejero aunque desde la última reunión pplenaria realizada hace más de 10 días, por el momento, no hubo indicios de que el organismo vuelva a reunirse.