04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
La salud propicia la prisión domiciliaria

Con amigos así...

La Cámara de Casación Penal hizo lugar a la presentación de la defensa de una persona discapacitada que se encontraba presa y le concedió el arresto domiciliario. En la causa se presentó como amicus curiae la Procuración Penitenciaria de la Nación.

La sala IV de la Cámara de Casación Penal, con las firmas de Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Geminiani, hizo lugar a un recurso de casación y concedió el pedido de prisión domiciliaria de un preso discapacitado.

En la causa, “G. s/ recurso de casación”, en la instancia anterior el TOF N° 2 no hizo lugar a la presentación realizada por el defensor del hombre preso que sostenía que su defendido “no puede valerse por sus propios medios”.

Según se desprende del fallo el hombre padece una hemiplejia por lesión medular que le dificultaba trasladarse, higienizarse, vestirse y suponía un obstáculo insalvable para alimentarse por sí mismo. Lo que “constituye un agravamiento en las condiciones de detención”.

Para la defensa del hombre la unidad penal “no es el ámbito adecuado ni cuenta con la infraestructura suficiente para brindarle una asistencia efectiva y permanente”.

En la causa se presentó como amicus curiae la Procuración Penitenciaria donde señaló “la falta de adecuación del entorno en el que se está cumpliendo la detención y cómo ello agrava su salud” ya que “los informes médicos dan cuenta de la involución sufrida”.

Los magistrados sostuvieron en la sentencia que “la infraestructura del lugar físico en el que cumple el encierro no se encuentra preparada para dar acogida internos que sufren de una discapacidad motriz como la que sufre”.

Y entre otras cosas sostuvieron que “no se cuenta con pasamanos que lo asistan en sus movimientos, ni celdas adecuadas, ni duchas debidamente acondicionadas para incapacitados”.

La afección que padece, explican los jueces, “lo limita parcialmente en las actividades de la vida cotidiana, requiriendo de la asistencia de sus compañeros de pabellón de personal del SPF para vestirse, desvestirse, deambular, higienizarse, cortar alimentos”.

 



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