22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Las escuchas, escuchas son

La Cámara Federal confirmó el procesamiento de tres personas por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La defensa de los imputados había criticado la trascripción de las escuchas que se utilizaron para demostrar la vinculación entre ellos. Los detalles

Según consta en el expediente, “las tareas de vigilancia determinaron la interceptación de comunicaciones y éstas a su vez concluyeron en las requisas y allanamientos en los que se desarrollaron los secuestros del estupefaciente y la detención e identificación de los imputados”.

Dos de los imputados fueron detenidos en La Plata cuando se les encontró “en el interior de la guantera del automóvil del último una cantidad cercana al medio kilo de cocaína”. Después, en otra camioneta se encontraron “otro medio kilo” y en un departamento se incautaron unos 60 mil pesos.

El otro de los imputados fue detenido en un departamento y se le “incautó una balanza de precisión y papeles vinculados al inquilino”. Formaron parte de la investigación las conversaciones telefónicas interceptadas mediante las cuales se demostró la “vinculación de los imputados”.

Las defensa de los imputados criticaba la trascripción de las escuchas pero los jueces sostuvieron que “ se ha de responder que mientras se haga constar por escrito el contenido de una comunicación verbal en castellano, aparece innecesario el conocimiento especial en alguna ciencia, arte o técnica para cumplir esa labor, pues es suficiente oír y saber escribir “.

Es por ello, dicen los jueces, que “en torno a la selección efectuada relativa a lo que resulte o no de interés para la causa, esos cuestionamientos devienen ajenos a la etapa procesal que se transita. En tal sentido, esos argumentos se refieren a la valoración de la prueba que debe hacerse en conjunto más detallada y en la oportunidad pertinente que es el debate “.

Por todo ello los jueces confirmaron el procesamiento de los tres imputados y la prisión preventiva que pesa sobre ellos por el delito previsto por el artículo 5to. inciso c, agravado por el artículo 11, inciso c de la ley 23.737.

 



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