04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

Derecho previsional práctico | El museo en la ex ESMA no es competencia para la Corte | Confirmaron procesamiento de imputado de matricidio | Críticas a la nueva potestad de jueces para decretar divorcios en España

 

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No es competencia de la Corte

La Corte Suprema de Justicia se declaró “incompetente” para intervenir en una causa en la que se cuestiona la construcción del Museo para la Memoria en el predio de la ex ESMA. Los jueces fueron en sintonía con el dictamen realizado por la procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó quien sostuvo que la cuestión “no era competencia original” del Máximo Tribunal. En el marco de megacausa “ESMA”, diversas organizaciones opusieron objeciones al emprendimiento, argumentando que podría alterar diversos aspectos relacionados con la construcción. El juez federal Sergio Torres, a su cargo parte de la investigación por los delitos de lesa humanidad cometidos en la ex ESMA, envió el expediente a la Corte, que pidió opinión a la Procuración, y ahora tomó como suyos los argumentos de esta.

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de un imputado de matar a su madre

Lo resolvió la Sala I de ese cuerpo, que con voto de los camaristas Jorge Rimondi y Luis María Bunge Campos, decidió confirmar el procesamiento de "L.C.S.", imputado por la presunta comisión del delito de homicidio agravado por el vínculo, en perjuicio de su madre E.G. de 69 años. La defensa del encartado apeló el procesamiento, pero el Fiscal de Cámara, Sandro Abraldes, se pronunció por la confirmación del mismo, en tal sentido, los jueces se inclinaron por lo dictaminado por el representante del Ministerio Público, ya que consideraron que el mismo rebatió todos los argumentos esgrimidos por la defensa.

Los jueces no quieren divorciar en España
 
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realizó críticas al anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, mediante el cual los magistrados del fuero público pueden llevar a cabo divorcios. Son los mismos que celebran matrimonios. Desde el CGPJ señalaron que "la competencia para celebrar un matrimonio -que el Anteproyecto extiende a los notarios- no debe amparar la de disolverlo". Estos divorcios solo podrán ser llevados a cabo cuando son de mutuo acuerdo, pero aun así se despertaron suspicacias y críticas de parte del órgano de gobierno de los jueces españoles.


dju

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