20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

No se olviden de la querella

En Córdoba se presentó un proyecto de ley para darle mayor relevancia en el proceso penal al querellante. A diferencia de lo que ocurre con la actual ley procesal, la apelación del querellante no dependerá del mantenimiento del recurso por el fiscal.

El legislador Luis Brouwer de Koning, de la Unión Cívica Radical, presentó un proyecto de ley ante la Legislatura de Córdoba a fin de que se modifique el Código Procesal Penal de la provincia para darle mayor importante al rol del querellante.

En su exposición de motivos, expresó que proponía el cambio “ante la necesidad de afianzar el derecho a la tutela judicial efectiva del ofendido penalmente por un delito (víctima), sus herederos forzosos, representantes legales o mandatarios, que hubieren solicitado participación en el proceso penal bajo la figura de ‘querellante particular’”.

Sobre ese punto, destacó que había que tener en cuenta “que el Código Procesal Penal otorga al querellante particular la facultad de recurrir las resoluciones de los Jueces, por sí mismo, pero por otro costado condiciona el progreso del recurso por él impetrado, a su mantenimiento en la alzada por el Ministerio Fiscal. Por lo tanto, tal condicionamiento, resulta inconciliable con la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), la que forma parte del derecho público provincial con jerarquía constitucional, en virtud de la disposición complementaria a la Constitución de la Provincia de Córdoba”.

Para Brouwer, “el sistema recursivo actual, previsto por la ley ritual, constituye al Ministerio Fiscal en quién, en última instancia decide sobre el derecho de la víctima, a la par que le impide acceder a la protección judicial que en amparo de sus derechos debe dispensarle la jurisdicción”. Por ende, ante la posibilidad de que el Ministerio Público decida no mantener el recurso impetrado, se estaría coartando “el acceso a la jurisdicción de la víctima, bloqueándole una vía impugnativa apta para el reconocimiento de sus derechos sustanciales”.

La nueva redacción, entonces, propone que “la sentencia de sobreseimiento será apelable, sin efecto suspensivo, por el Ministerio Público y, salvo el caso previsto en el artículo 359, por el querellante particular. Podrá recurrir también el imputado, cuando no se haya observado el orden que establece el artículo 350 o cuando se le imponga una medida de seguridad”.

Por otra parte, se agrega que cuando el recurso sea interpuesto por el querellante, no resultaba aplicable la exigencia impuesta al fiscal apelante, de correr vista al fiscal de Cámara “en cuanto se reciban las actuaciones para que, en el término perentorio de cinco días, exprese si lo mantiene o no. Su silencio implicará desistimiento”.

“El código de rito actual evidencia una desigualdad palmaria entre el ofendido penalmente por el delito y la persona inculpada, pues el primero, para defender sus agravios depende de que el Ministerio Fiscal los mantenga y, si no lo hace, se encuentra imposibilitado de ejercer el control de los actos jurisdiccionales”, puntualizó el legislador.

De esa forma, concluyó que “en un caso concreto, y junto al derecho del imputado de un delito, también debe conjugarse la tutela de la víctima, y mediatamente el interés de toda la sociedad en la aplicación de la ley. Por lo que por la redacción actual de la Ley 8123 respecto a las facultades de la víctima de un delito, surge la alteración de derechos constitucionales, coartando el ejercicio impugnativo del querellante particular de manera irrazonable”.



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