28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

PAMI debe cumplir

Un juez en lo civil y comercial federal condenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados entregar de “forma inmediata” los medicamentos que un matrimonio necesita para continuar con un tratamiento, por entender que la obra social incurrió en “ilegalidad o arbitrariedad manifiesta”.

 
El juez Hernán Marcó hizo lugar a un amparo interpuesto ante la falta de provisión de medicamentos que habían sido recetados por el médico tratante.

De esta manera, el magistrado ordenó al PAMI “continuar en forma interrumpida cubriendo el costo de las referidas prestaciones de acuerdo a las indicaciones que prescriba el médico tratante y hasta tanto se otorgue el alta médica y/o terapéutica”.

“La actitud adoptada por la demandada conduce a los demandantes a un estado de indefensión y desamparo que indudablemente conculca sus derechos fundamentales a la salud y a la vida expresamente reconocidos en la Constitución Nacional”, consideró Marcó.

El afiliado, quien padece síndrome ulceroso y Alzheimer, y su mujer, con hipertensión arterial, promovieron la acción judicial a raíz de la negativa por parte del PAMI de proveer los medicamentos pertinentes al ampararse “en la emergencia sanitaria imperante con relación a las obra sociales del país”.

El magistrado entendió que “se privó a los afiliados de los elementos imprescindibles para el resguardo de su salud, con grave menoscabo de su estado y posiblemente poniendo en peligro sus posibilidades de recuperación por las enfermedades que padecen, lo cual implica una conducta que no es ajustada al derecho”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486