04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Justicia por mano del pueblo

El sorteo para seleccionar a los 12.000 bonaerenses que podrán ser convocados para formar parte del sistema de juicio por jurados será llevado a cabo este miércoles. Serán 6.000 mujeres y 6.000 hombres que deberán expedirse a favor o en contra de la condena, y contarán con asesoramiento de parte de magistrados en cada caso.

Gracias a la reciente modificación normativa que estableció que los sorteos que seleccionen a los integrantes de jurados en Buenos Aires serán llevados a cabo por el Ministerio de Justicia provincial, el trámite se agilizó y el primero de estos procesos será llevado a cabo el próximo miércoles, donde 12.000 ciudadanos bonaerenses serán seleccionados para decidir sobre la culpabilidad de los acusados en casos de gravedad.
 
En total, 6.000 hombres y 6.000 mujeres de entre 21 y 75 años tendrán la potestad para condenar a quienes estén acusados de los crímenes que los convoquen al proceso. Los miembros del jurado tendrán asesoramiento de parte de magistrados, que explicarán el marco normativo del caso y todo tipo de pormenores que podrían presentarse, haciendo que los requisitos para formar parte del sistema sean mínimos. Quienes sean seleccionados deberán cumplir obligatoriamente con este deber civil.
 
Según consigna la normativa, no podrán formar parte del jurado “quienes se desempeñen en cargos públicos en los Poderes Ejecutivo y Legislativo o en los entes públicos descentralizados y quienes ejerzan la magistratura u otras funciones en el Poder Judicial o el Ministerio Público; los integrantes de las fuerzas de seguridad, defensa y/o del Servicio Penitenciario; los abogados, escribanos y procuradores; (...) y los condenados por delito doloso mientras no hubiera transcurrido el plazo del artículo 51 del Código Penal”.
 
Sin embargo, y a pesar del avance, aun hay algunas cuestiones sin resolver. En declaraciones radiales, el ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, aseguró que se encuentra conversando con el Ministerio de Justicia y la Jefatura de Gabinete para que se brinde una compensación económica por el tiempo dedicado al pleito.
 
La selección será llevada a cabo por una persona cada 1.000 en el padrón electoral, y la determinación de la responsabilidad será abordada en reuniones donde solo participarán los integrantes del jurado. La culpabilidad o inocencia de una persona deberá ser determinada por un voto mínima de 10 sobre 12 personas. 
 
Entre otras cosas, Casal recordó que las absoluciones no podrán ser apelables, pero si hay una condena habrá derecho a réplica. También señaló que se recurrirá a los jurados en causas de gravedad, donde los tipos de delitos impliquen condenas de más de 15 años. 
 
La normativa sancionada el año pasado también establece que los integrantes de este sistema no constituirán un “tribunal colegiado ni un juez o tribunal letrado de los aludidos por los artículos 168 y 171 de la Constitución Provincial”, al tiempo que deberán representar a “los diversos sectores existentes en la comunidad”.
 
En septiembre del año pasado, con motivo de la aprobación de la normativa, Andrés Harfuch, integrante de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados aseguró a Diario Judicial que “una de estas novedades es que el veredicto de prisión perpetua debe ser unánime. Y por supuesto, es importante aclarar que, al contrario de lo que muchos opinan, esto no implica que no se dictarán este tipo de condenas porque está largamente probado en los países donde se aplica el Juicio por Jurados que no es así. Esto le da mucha fuerza a la sentencia, y por primera vez se ha dejado atrás un incumplimiento constitucional que ya podía considerarse ignominioso”.


dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486