20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Muchas líneas, ningún conocimiento

La Cámara Civil condenó a la empresa de telefonía celular Telecom Personal a que indemnice a un cliente porque a su nombre figuraban más de 400 líneas de celular pero esto no sabía que las tenía. Para los jueces la empresa “resultó negligente” y debe indemnizar al hombre.

La sala E de la Cámara Civil, con las firmas de Fernando Racimo, Mario Calatayud y Juan Dupuis, condenaron a la empresa Telecom Personal S.A. a que indemnice a un cliente que tenía unas 435 líneas de celular pero no lo sabía.

Se trata de la causa “P. G. G. C/ Telecom personal S.A. S/ Daños y perjuicios" que se inició cuando un cliente de la empresa telefónica que cuando fue a activar una línea de celular suya se encontró con la sorpresa de que tenía en su haber 435 líneas de celular.

En ese momento, el hombre inició una demanda porque “batalló por espacio de dos años para solucionar el problema por el cual litiga sin encontrar hasta el momento una respuesta contundente”, tal y como consigna el expediente.

En primera instancia el juez que actuó se hizo lugar al planteo del hombre y se ordenó indemnizarlo, pero la empresa apeló la sentencia y el caso llegó a la Cámara Civil que confirmó la sentencia.

La empresa telefónica “resultó negligente respecto de la actividad tendiente a iniciar de inmediato una investigación, sin exigir o esperar trámite alguno al advertir su empleado la gran cantidad de líneas a nombre del actor y que él desconociera expresamente”, explicaron los jueces.

Telecom Personal S.A. “es responsable, al menos parcialmente, de la dolencia psíquica detectada” en su cliente, explicaron los magistrados, que agregaron que “el hecho que se investiga en autos representa una concausa de la afección detectada”.

“Habida cuenta la entidad de las lesiones y sus secuelas, edad del damnificado a la época del suceso (54 años), su estado civil (casado), su profesión como martillero público… pese a la falta de datos en el dictamen pericial acerca del alcance de la incidencia del acontecimiento vivido sobre la personalidad de base del actor”, consignaron los jueces.

Por todo ello, los camaristas confirmaron la sentencia de primera instancia condenando por los daños y perjuicios que se le causaron al hombre al que le aparecieron las líneas telefónicas.

 



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