Loiácono fue imputado por su participación en la confección del decreto 1628-01, por el cual se puso a disposición del Poder Ejecutivo a una parte de los detenidos durante la represión policial, cuando aún regía el estado de sitio.
Luego, el ex funcionario pidió la nulidad de la indagatoria asegurando que no conocía las pruebas en su contra, por lo que la juez María Servini de Cubría dio vista a las partes antes de resolver.
Para los fiscales, el llamado a indagatoria no es nulo porque “no se ha afectado la garantía constitucional de defensa en juicio” del imputado, ya que –remarcaron- “Loiácono tuvo un cabal conocimiento de cuál es el hecho que se le imputa, como así también las pruebas que obran en el sumario en su contra”.
Además, los fiscales insistieron en la imputación contra Loiácono, al asegurar que el ex funcionario “tuvo una activa participación en la redacción del decreto", cuya firma fue “un acto de abuso funcional cometido por el ex presidente" De la Rúa y su ministro del Interior, Ramón Mestre.
"Es un acto de gobierno que debe ser tildado de arbitrario y contrario a la Constitución Nacional", remarcaron Evers y Comparatore.
Para los fiscales, los 29 detenidos que se incluyeron en el cuestionado decreto fueron privados de su libertad sin que se investigara si tenían "algún tipo de vinculación con los hechos de violencia que motivaron la aplicación del estado de sitio".