27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

A) TIRONEO.

 
La lucha por la posesión de los depósitos bancarios entre el Poder Ejecutivo y los ahorristas presenta una nueva ofensiva. Se trata de la acción por la devolución de los fondos que fueron percibidos a través de medidas cautelares que ordenaban la devolución en pesos pero a la cotización del dólar vigente a la fecha de la entrega. Ni Darwin podría haber imaginado una teoría de la evolución como la que realiza el “corralito”. Muchos son los abogados –los serios- que ya venían advirtiendo desde el inicio a sus clientes, en cuanto que el tema de los amparos no era un mero trámite administrativo para rescatar un depósito, sino un verdadero juicio con todas las letras y que no había que descartar que en un futuro le ordenasen devolver los dólares que ellos pudieron retirar de los bancos. Más precisamente, ahora, los ahorristas deberán restituir a los bancos la diferencia del dinero que recibieron mediante las medidas cautelares, en razón de la cotización oficial de 1,40. Sin embargo, lo que no pueden ser es amenazados, pues la amenaza es propia del asaltante y no del príncipe. El dilema que se genera es determinar cómo se puede establecer un “deber legal” sobre los vapuleados ahorristas para que se desprendan de su dinero. El derecho penal no prevé una sanción para quien no quiere devolver lo que es propio, ya que nadie puede hurtar la cosa que no es ajena, ni se puede administrar fraudulentamente mal administrando el dinero o bienes cuando son propios. En el campo del derecho civil, cómo podría un banco ser mejor poseedor o depositario que el propio dueño del dinero, mientras que los bonos no pueden sustituir al dinero: “los billetes de banco y los asignados no pueden considerarse como dinero, aunque lo representen por un tiempo; porque no cuesta ningún trabajo fabricarlos y su valor reside únicamente en la suposición de que permanecerá al cambio conseguido hasta ahora por dinero en efectivo”. No, no lo dijo Nito Artaza, lo dijo Kant en 1797.

B) ROSETA. Es el nombre que recibe la famosa piedra con texto grabado en griego, egipcio y arameo, decubierta por un oficial del ejército de Napoleón, que le permitió al arqueólogo francés Jean Champollión interpretar los jeroglíficos egipcios, indescifrables durante siglos para la cultura occidental. La clave, la piedra de Roseta que permitirá descifrar el último tramo del tema del corralito, nuevamente son los jueces. En la Italia post mani pulite, el poder judicial cobró un gran poder real debido a que la gente empezó a confiar en que la resolución de sus problemas era posible si acudía a un juez y no peticionando al Poder Ejecutivo o al Congreso, que eran ajenos a sus requerimientos o necesidades y que padecían de una corrupción mucho más instalada y compartida por ser cuerpos colegiados. Paradójicamente, el Poder que es menos democrático en su origen -los jueces no surgen del sufragio popular- resulta ser el más confiable para los votantes. Fukuyama predijo la muerte de las ideologías, los posmodernos la muerte de la razón, pero en Argentina se produjo la muerte de la confianza y sin ella no hay sociedad civil.

C) INCERTIDUMBRE. Es la que se generó en el seno de la Legislatura porteña por la designación del fiscal general adjunto para la ciudad, que acompañará a José Luis Mandalunis –nombrado a instancias de la Alianza- en la dirección del Ministerio Público. Lo que disparó el impasse en que hoy se encuentra el nombramiento –este martes sesionarán conjuntamente dos comisiones para definir la cuestión- fue la aparición del padre de Jimena Hernández –la nenita que apareció muerta hace más de una década en un colegio religioso-, quien delante de un grupo de diputados descargó munición pesada sobre la figura del principal candidato, el entonces juez de instrucción a cargo de esa investigación y actual fiscal de juicio, Luis Cevasco. El gobierno de la Alianza, encabezado por Aníbal Ibarra, quien lo conoce de sus épocas en Tribunales, también apoya la candidatura del polémico postulante, quien ya estuvo en ese cargo en forma interina en un período anterior, cesando sus funciones al reconocerse que mejor sería que lo designaran por concurso. Memoriosos hombres del sindicato de jueces, recordaban el caso del juez cordobés Ricardo Bustos Fierro, que en plena tormenta mediática en su contra, no sólo no recibió –tampoco lo esperaba- el apoyo del entonces directivo de la Asociación de Magistrados, sino que por las propias palabras de Cevasco se le recomendaba en ese momento que “el que esté cuestionado debería dar un paso al costado”. Haz lo que yo digo pero ...

D) CURIOSO. En los pasillos del Consejo de la Magistratura se ha tomado con sorpresa los comentarios periodísiticos que circulan en relación al concurso para cubrir la vacante de un camarista en lo contencioso administrativo, a través de las cuales uno de sus postulantes -el Dr. Jorge Alemany- estaría cuestionando a algunos consejeros para impugnar el trámite de ese concurso. A los consejeros no les cierra como el propio Alemany pretende atacar el mecanismo de selección, cuando casualmente fue el único candidato al que el Consejo le agregó 33 puntos respecto de la calificación que le asignara el jurado –antedentes más examen-, subiéndolo del octavo lugar al primer puesto, mientras que a ningún otro candidato se le sumó mas de 15 puntos respecto de la primigenia calificación del jurado. Alemany (140 puntos) quedó fuera de la terna que integran los jueces Marinelli (140), Guglielmino (139) y Silva Garretón (139) , cuando en un virtual final de bandera verde, se privilegíó en definitiva a quienes están ejerciendo cargos en los juzgados de primera instancia en ese fuero –convertido en un polvorín merced al corralito- y por el desempeño evidenciado en las entrevistas celebradas ante el plenario del Consejo.

E) JURADOS. Una decisión en este tipo de juicio en materia penal, que incluso está previsto en nuestra constitución, está generando fuertes controversias en los EEUU. Es que un jurado acaba de declarar a la gigantesca empresa multinacional de auditorías Arthur Andersen, culpable de obstruír a la justicia en el affaire desatado por el caso Enron. La polémica que despertó el fallo del tribunal ciudadano -que no vio delito en la gigantesca montaña de papel triturado, resultado de la masiva destrucción de documentacion sobre el caso que realizó Andersen-, se desató a raíz de que el veredicto negativo se basó especiíficamente en un escrito en donde una de las abogadas de la firma indicaba de qué manera uno de los directivos de Enron debía presentar un memorandum ante el requerimiento de los investigadores. Los abogados de Andersen, apoyados en su opinión por artículos que renombrados juristas de EEUU publicaron en los principales diarios, se mostraron sorprendidos por la decisión del jurado –una verdadera partida de defunción para Arthur Andersen- basada en una conducta que realizan en forma habitual los profesionales del derecho: dar instrucciones a sus clientes para quedar “mejor parados” frente a la acción de la justicia.

Con la colaboración de Agustín Vialrio Almaber



alejandro s. williams / dju
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