04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
El temido impuesto por los magistrados

El eterno retorno del debate de jueces y Ganancias

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, declaró que en el Máximo Tribunal "están todos a favor" de que los magistrados paguen el Impuesto a las Ganancias. De esta forma, se reitera la discusión, que tuvo como último antecedentes el del año 2013

La cuestión de los jueces y la posibilidad de que tributen el Impuesto a las Ganancias sumó este lunes un nuevo capítulo a la extensa historia de idas y vueltas, cuando el presidente del Máximo Tribunal de Justicia, Ricardo Lorenzetti declaró que en la Corte "están todos a favor" de que los magistrados sean más exentos de pagar el tributo más debatido de la Argentina.

Las declaraciones del titular de la Corte se dieron al regreso de su viaje a Roma, donde concurrió con varios jueces a una audiencia con el Papa Francisco. En el aeropuerto de Ezeiza, al ser consultado por Radio La Red, señaló que el problema del pago del impuesto "no es tanto a nivel de los jueces sino con los empleados". Es que los empleados judiciales también se ven alcanzado por la acordada del Máximo Tribunal que los exime de tributar Ganancias.

"Lo que trabó el tema fue su complejidad, no la voluntad política e institucional. Y esa complejidad está dada por una cantidad de vínculos y adherencias que engloban a todo el país", manifestó el supremo, quien luego explicó que está trabajando con la AFIP en una reglamentación para que los magistrados y funcionarios judiciales finalmente paguen el tributo.

Las declaraciones de Lorenzetti no se dan en un contexto aislado, días atrás su colega y vicepresidente del Cuerpo, Elena Highton de Nolasco, sostuvo al respecto que "Debería existir un sistema en el cual se pagara el Impuesto a las Ganancias, pero debería ver cómo se hace. No se podría reducirse de golpe el sueldo de los jueces de un mes para el otro. Es todo un sistema que hay que estudiarlo".

La discusión tiene antecedentes, desde que en los años 90 la Corte Suprema dictó la acordada que suprimió el pago de Ganancias para jueces y empleados judiciales. El Máximo Tribunal incluso se pronunció al respecto, en un fallo del año 2006, donde integrada por conjueces, rechazó un planteo de inconstitucionalidad de la acordada. Una de las disidencias fue formulada por Horacio Rosatti, actual candidato para integrar el Máximo Tribunal.

En esa oportunidad, Rosatti opinó que "la preservación de la intangibilidad de las remuneraciones como garantía de funcionamiento del sistema judicial no debe encontrarse hoy eludiendo el pago del Impuesto a las Ganancias sino: a) asegurando una participación presupuestaria adecuada del Poder Judicial en el presupuesto general; b) defendiendo la autarquía judicial".

En 2013, en medio del proyecto de reforma judicial que impulsó el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, la  Procuración General de la Nación (PGN) envió un oficio a la Corte Suprema pidiendo que, de forma conjunta, empezaran a buscar "la forma de implementar el gravamen a los magistrados".

Por medio de un oficio, dirigido al el director general de Administración de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi. la Procuración había instado a "examinar de manera conjunta la manera de proceder para la implementación del pago del impuesto a las ganancias" y que "la eventual modificación de la Acordada 20/96 implica el deber legal de aplicar automáticamente esas mismas pautas de haberes por parte de esta Secretaría".

La contestación, por medio de otro oficio, se dio días después, cuando la subdirectora general de Administración Gabriela Ramos, quien explicó que la Acordada en cuestión no afectada a ni al Ministerio Público Fiscal ni al de la Defensa, en razón de que son órganos independientes. "Una acordada de lo Corte Suprema de Justicia de lo Nación, no puede obligar, de ningún modo, dichos ministerios, en razón de lo caracterización como órgano independiente que les reconoce el artículo 120 de lo Constitución Nacional. Y que, en línea con eso condición, lo ley reglamentario pone en cabeza del Procurador General de lo Noción del Defensor General de lo Nación, codo uno en su respectivo área, el gobierno lo administración general financiera del Ministerio Publico".

En esa oportunidad, desde el Alto Tribunal se recordó que la cuestión del pago del Impuesto las Ganancias está regulada en el ámbito del Poder Judicial de la Nación por la referida acordada dictada por esta Corte, que carecía -y carece- de atribuciones para tomar cualquier clase de decisiones sobre la situación salarial e impositiva de los integrantes de otros Poderes, por lo que aquella declaración resulta inaplicable -por si misma- los Ministerios Públicos".

"Entendemos que, desde el año 1994, no sólo no existe ningún impedimento para que el Ministerio Publico actúe como agente de retención del Impuesto a las Ganancias, sino que es su obligación hacerlo", respondió.

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