23 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 24/12/2024

Vía libre en las elecciones porteñas

La Corte ratificó que la organización y ejecución de las elecciones para Jefe de Gobierno es de "exclusiva" responsabilidad de la comuna porteña.

 
En un intento por superar un "malentendido" entre la Cámara Nacional Electoral y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, la Corte ratificó que "la organización, ejecución y fiscalización" de la elección para jefe de gobierno "es exclusiva responsabilidad" del gobierno porteño.

La controversia tuvo su momento más caliente la semana pasada, cuando el máximo tribunal de Justicia ratificó una acordada de la Cámara Nacional Electoral por la cual se facultaba a la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría a firmar un convenio de colaboración para el acto electoral que, aparentemente distaba de los reclamos específicos que el gobierno porteño había solicitado.

El viernes pasado los miembros del Tribunal Superior porteño, que preside Ana María Conde, se entrevistaron con el titular de la Corte de la Corte, Julio Nazareno, a quien le plantearon sus inquietudes y le reclamaron un pronunciamiento explícito respecto del padrón de extranjeros residente en la Ciudad de Buenos Aires.

En la acordada "1/2000" de la Cámara Nacional Electoral se había resuelto en ese sentido que "ante la ausencia de un régimen electoral propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde que la señora Juez (Servini de Cubría) con la supervisión de la Cámara, proceda a realizar previamente, con personal judicial, todos los actos necesarios para dar efectivo cumplimiento al decreto nacional 344/89" reglamentario de la Ley Nacional 23.510 referida a los electores extranjeros.

Ahora la Corte, rectificó ese punto y en la misma resolución por la que ayer refrendó las facultades del Tribunal Superior para supervisar los comicios, sostuvo que la decisión obedecía a la "conveniencia" de concentrar facultades en un "órgano único" que comprenda íntegramente el comicio, "aún en todo lo concerniente a los electores extranjeros".

Por esa razón la Corte Suprema especificó que el listado del padrón de extranjeros quedará reservado a la consideración de la autoridad electoral de la Ciudad de Buenos Aires.

Es que el jueves de la semana pasada la Legislatura de la Ciudad Autónoma aprobó la Ley 334 por la cual se facultaba a los extranjeros con residencia en su territorio a votar el los comicios del 7 de mayo, teniendo como condición necesaria que los mismos sean mayores de edad y que registren tres o más años habitando en la ciudad.

Pero lo importante de la resolución adoptada por la Corte, previa consulta de los Ministros que habían ratificado lo resuelto por la Cámara Nacional Electoral, es la reiteración de que "la organización, ejecución y fiscalización de la totalidad de la elección es de exclusiva responsabilidad de las autoridades locales" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



dju / dju
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