La Sala II de la Cámara Federal ratificó el fallo del juez Claudio Bonadío por el que rechazó la excepción de falta de acción deducida por el ex canciller Héctor Timerman en la causa en la que se investiga la presunta comisión del delito de traición a la patria, que se habría cometido con la firma del Memorándum con Irán. Timerman había alegado que la causa por la denuncia del ex fiscal Alberto Nisman -quien aseguró, versaba sobre los mismos hechos investigados- había sido archivada por inexistencia de delito. Sin embargo, los jueces Martin Irurzun y Eduardo Farah consignaron que la denuncia formulada por Nisman,"fue desestimada ab initio, sin haberse dado curso a ninguna medida de prueba. Evidentemente, no hubo, en tal escenario, para Timerman, persecución penal previa, ni siquiera riesgo de tener que enfrentar una acusación, y mucho menos de condena". Farah además agregó que "el requerimiento de investigación que efectuó el Fiscal de aquella causa fue ignorado, en una decisión que en su momento no dudé en calificar de ilegal".