Un Tribunal de Chubut condenó a dos años de prisión a una mujer por practicarle un aborto con agujas de tejer a una mujer embarazada, causándole daños que le provocaron la muerte.
En los autos “L. G. S/Muerte Dudosa – Tw”, la defensa de una mujer imputada por el delito de aborto practicado con consentimiento de la mujer y agravado por muerte en carácter de autora solicitó la aplicación del instituto del “Juicio Abreviado”.
Según el relato de los hechos, el día 29 de agosto del 2013 la imputada se dirigió al domicilio de una mujer que la contactó para que le realizara un aborto. Allí, le introdujo agujas de tejer, un alambre, y un catéter, provocándole una lesión en el cuello uterino que le causó complicaciones y momentos después la muerte.
Por su parte, el el Ministerio Público Fiscal pidió dos años de prisión de ejecución condicional, para lo que tuvo en cuenta la naturaleza del hecho, las circunstancias de tiempo, modo y lugar, la extensión del daño causado, como así también la carencia de antecedentes condenatorios de la inculpada.
Ante ello, los integrantes del Tribunal expresaron que quedó demostrado ,con el grado de certeza necesario en este estadio procesal, tanto la materialidad del hecho como su autoría, encuadrándose la conducta de la imputada como comprensiva del delito de aborto practicado con consentimiento de la mujer y agravado por muerte en carácter de autora.
Asimismo, los magistrados resaltaron que el juicio abreviado implica la renuncia a toda actividad probatoria en el juicio oral y con ello a contradecir la prueba de cargo donde el Juez rubrica de algún modo lo pactado por las partes.
Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta el hecho atribuido a la acusada; la calificación jurídica escogida y la escala penal aplicable, los jueces resolvieron condenar a la mujer a dos años de prisión de ejecución condicional.