18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Indemnización polémica

La Cámara Civil y Comercial federal condenó al Estado argentino a indemnizar a la viuda e hijos de un militar carapintada que murió en la toma del Comando en Jefe del Ejército en la rebelión militar del 3 de diciembre de 1990.

 
La Sala I de la Cámara Civil y Comercial federal condenó al Ministerio de Defensa a pagar una indemnización a la familia del sargento Guillermo Daniel Verdes, porque según las constancias del expediente se demostró que fue baleado por fuerzas “que respondían al Ejército Argentino”.

Los camaristas Francisco de las Carreras, María Najureta y Martín Farell, entendieron que si bien los amotinados “violaron el orden jurídico” y que las Fuerzas Armadas “tenían la obligación de repeler la rebelión”, del análisis del expediente se desprende que en la actuación de las fuerzas leales “hubo faltas”.

Entre esas faltas, los jueces analizaron la actuación de francotiradores que dispararon en forma aislada sobre los carapintadas que tomaron la sede del Ejército, en la avenida Paseo Colón de la Capital Federal. Para los integrantes de la Sala I, la prueba de esta acción es que Verdes fue el único carapintada que murió en el lugar.

Los camaristas citaron además los argumentos del Ministerio de Defensa, donde se insistió que no correspondía la indemnización a los familiares del carapintada porque los amotinados “violaron el orden público” y las Fuerzas Armadas “tenían la obligación de repeler la agresión”.

Dado que los camaristas consideraron a la que la responsabilidad de la víctima era concurrente en un 50 % con la de los autores del daño, la indemnización fue fijada en 70.000 pesos a favor de la viuda de Verdes, Ingrid Nadir Luna, ya que los magistrados entendieron que el fallecido militar carapintada también tuvo responsabilidad porque “asumió concientemente una situación de riesgo para su vida”.

Verdes fue el único militar carapintada que murió durante la toma del Comando en Jefe del Ejército durante la rebelión que encabezó el encarcelado coronel Mohamed Alí Seineldín.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486