Los camaristas Francisco de las Carreras, María Najureta y Martín Farell, entendieron que si bien los amotinados “violaron el orden jurídico” y que las Fuerzas Armadas “tenían la obligación de repeler la rebelión”, del análisis del expediente se desprende que en la actuación de las fuerzas leales “hubo faltas”.
Entre esas faltas, los jueces analizaron la actuación de francotiradores que dispararon en forma aislada sobre los carapintadas que tomaron la sede del Ejército, en la avenida Paseo Colón de la Capital Federal. Para los integrantes de la Sala I, la prueba de esta acción es que Verdes fue el único carapintada que murió en el lugar.
Los camaristas citaron además los argumentos del Ministerio de Defensa, donde se insistió que no correspondía la indemnización a los familiares del carapintada porque los amotinados “violaron el orden público” y las Fuerzas Armadas “tenían la obligación de repeler la agresión”.
Dado que los camaristas consideraron a la que la responsabilidad de la víctima era concurrente en un 50 % con la de los autores del daño, la indemnización fue fijada en 70.000 pesos a favor de la viuda de Verdes, Ingrid Nadir Luna, ya que los magistrados entendieron que el fallecido militar carapintada también tuvo responsabilidad porque “asumió concientemente una situación de riesgo para su vida”.
Verdes fue el único militar carapintada que murió durante la toma del Comando en Jefe del Ejército durante la rebelión que encabezó el encarcelado coronel Mohamed Alí Seineldín.