A raíz de la Ley 27.271 de Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversión en Vivienda, que reemplaza el artículo 2.210 del Código Civil y Comercial de la Nación, ampliando los efectos de la inscripción de la hipoteca de 20 a 35 años, una resolución de la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la provincia fijó cuál es el límite temporal en el que la norma surtirá efectos, estableciendo, de esa manera, que el plazo de 20 años seguirá operando para el caso de hipotecas registradas antes de la reforma. La oficina aplicó de manera analógica el artículo 2537 del nuevo Código, que establece "la forma de computar los plazos de prescripción de las acciones en los supuestos en que éstos hayan sido modificados por ley posterior", y dispone que "los plazos de prescripción en curso al momento de la entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior". La disposición se publicó este jueves en el Boletín Oficial de Mendoza.