20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Consumo personal no penalizado

La Cámara Federal de Tucumán sobreseyó a dos imputados por tenencia de drogas que fueron revisados y detenidos sin una orden del juez. Los magistrados consideraron que, si bien no se violaron las garantías constitucionales, corresponde liberarlos del delito ya que se trató de consumo personal.

El 22 de julio de 2016 dos hombres fueron detenidos tras una requisa personal donde le incautaron droga. De allí se desprende la causa caratulada "L., E. M. y otro s/ tenencia simple", donde la defensa de los imputados interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia que dispuso el procesamiento de sus defendidos y el embargo de sus bienes.

Los abogados solicitaron la nulidad del procedimiento por resultar violatorio de las garantías constitucionales ya que no existe en la causa la orden de un juez que habilittó la requisa y la posterior detención. Agregaron que no se les reconoció el ámbito donde cada individuo adulto es soberano para tomar decisiones sobre su estilo de vida.

Ante ello, los integrantes del Tribunal, Ricardo Sanjuan, Ernesto Wayar y Marina Cossio, sostuvieron que la conducta desplegada por el personal policial no trajeron aparejado un peligro o daño concreto o potencial, ni a la salud ni al orden público como señalaron los letrados.

Los magistrados agregaron que el accionar no llega a afectar el principio de lesividad inserto en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que resulta ser el estándar para criminalizar una conducta desde el punto de vista constitucional.

Teniendo en cuenta ello, los camaristas resolvieron no hacer lugar a los planteos de nulidad, revocar el procesamiento y sobreseer a los dos imputados de la causa. Asimismo, los jueces notificaron a las autoridades sanitarias los deseos de uno de ellos de someterse a un tratamiento de desintoxicación.

 



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