Mediante la Acordada N°12360, la Corte de Justicia de Salta modificó el régimen de licencias por maternidad y de justificación de licencia por paternidad. De este modo, los días por licencia por maternidad serán 150 días con el objeto de "garantizar aún más los derechos que le asisten al niño y en resguardo de la especial protección de que goza la madre en el cumplimiento de su esencial función familiar". En período de lactancia, la madre tendrá permiso de una hora por el término de doce meses a partir del día siguiente de concluir su licencia por maternidad. En los casos de guarda con fines de adopción, la mujer gozará de una licencia de 120 días corridos a partir de la fecha de otorgamiento; mientras que en la adopción múltiple, la licencia total se ampliará en diez días corridos. El Tribunal también modificó el régimen de licencia por paternidad tanto por nacimiento como por guarda con fines de adopción. En ambos casos será de quince días corridos contados a partir del nacimiento u otorgamiento de la guarda con fines de adopción, mientras que en caso de interrupción del embarazo los días serán diez corridos para acompañar a su pareja. El nuevo régimen también incluyó el supuesto de paternidad por adopción unipersonal o conjunta cuando se trate de uniones del mismo sexo.