La condena por abuso sexual impuesta al sacerdote Julio César Grassi fue finalmente convalidada por la Corte Suprema de Justicia, que este martes rechazó los recursos de la defensa y las querellas. El ex titular de la fundación "Felices los Niños" seguirá detenido en el Penal de Campana.
En su acuerdo de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la condena a quince años de prisión impuesta sobre el padre Julio César Grassi por los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y guarda del menor-víctima en concurso real entre sí, que a su vez concurren idealmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda, en perjuicio del joven O.A.A. Quince años fueron los que transcurrieron desde el inicio de la investigación hasta la condena final.
Sin esgrimir fundamentos, sino por la “plancha” del artículo 280 del Código Procesal Penal de la Nación, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz declararon inadmisibles los recursos presentados por la defensa del sacerdote y por las querellas de la causa “Grassi, Julio César s/causa n° 113.053”.
Más de tres años transcurrieron desde el fallo de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, que a su vez ratificó la condena impuesta en las tres instancias anteriores: la Casación Bonaerense, la cámara Penal y Garantías de Morón y el Tribunal Oral Criminal n°1 de ese departamento Judicial.
Grassi había llegado a juicio imputado por los delitos de amenazas coactivas, abuso deshonesto agravado en concurso ideal con corrupción de menores agravada por la condición de guardador y sacerdote del sujeto activo en perjuicio de H. O. J., y por otros diez hechos en concurso real entre sí en perjuicio de L. A. G., por los cuales fue absuelto.
Todos los Tribunales intervinientes desestimaron los planteos de Grassi en relación a las declaraciones testimoniales de las víctimas en el trayecto del juicio. El fallo de Casación recuerda que los peritos que intervinieron en la causa “descartaron signos de fabulación y mendacidad” y diagnosticaron a la fuga inmediata de O.A. como “sintomática con el padecimiento de un abuso sexual, sumado a la inviabilidad de las alegaciones defensistas que procuran evidenciar la existencia de contradicciones entre el resto de las pruebas y ese testimonio”.
Del mismo modo, la absolución de Grassi respecto de L.A.g. confirmada por la Casación se debió a que los Tribunales que intervinieron ponderaron que la prueba obtenida “caracterizada por la falta de credibilidad del testimonio del denunciante, la no evidencia de signos y síntomas que se relacionen directamente con el padecimiento de abusos sexuales” generaba “inevitablemente una duda”, que apreciada a favor de Grassi “por imperativo legal”.
Grassi pasó la mayor parte del proceso en libertad, gracias a que en el año 2010 la Justicia de Morón autorizó a que permanezca de esa forma hasta el dictado de la sentencia definitiva. Pero desde 2013, tras el fallo de Casación, Grassi se encuentra alojado en el Penal de Campana, lo que fue ratificado en sucesivas oportunidades.