En una resolución de 250 carillas que se firmó la semana pasada pero recién trascendió hoy, el juez Ballestero dispuso además la absolución de Carlos Santunione y Osvaldo Lorenzo, también imputados en la causa.
En 1998, los fiscales Patricio Evers y Luis Comparatore habían pedido al juez que condenara a Spadone a la pena de dos años y seis meses de prisión por el delito de “defraudación”. Ahora, ante la absolución dispuesta por el juez apelaron la medida y pidieron que el expediente pase a la Cámara Federal.
La causa se inició en diciembre de 1991 por una denuncia delfallecido dirigente socialista Simón Lázara, quien reveló la “venta de leche en mal estado” al Ministerio de Salud y Acción Social por parte de la empresa “Summun” de la que Spadone –por ese entonces asesor del ex presidente Carlos Menem - era el titular.
Los fiscales habían dicho al fundamentar los pedidos de procesamientos que a Summun se la responsabilizaba por la entrega “de una cantidad de leche con destino al plan de asistencia materno-infantil” que estaba en mal estado y que se había adquirido “a un precio superior al del mercado”.
Según los fiscales, en marzo de 1991 la empresa de Spadone se hizo cargo de la compra de dos millones de kilos de leche en polvo para “para la asistencia alimentaria a grupos de mayor vulnerabilidadbiopsicosocial (embarazadas, menores y desnutridos)”.
Evers y Comparatore aseguraron que Summun “no hizo entrega de la leche marca "Jorgiano" a la que estaba obligada según su oferta en la contratación directa” sino que entregó “leche en polvo de diversas marcas que haba importado de distintos países”.
Para los representantes del Ministerio Público, Lorenzo y Spadone como gerente general y presidente, de Summum “resultaron ser los principales artífices de la maniobra”.
Sin embargo, para el juez Ballestero, por su carácter de presidente Spadone “no pudo intervenir en modo alguno en la parte operativa” de la empresa “como para que se le pueda atribuir alguna intervención en el hecho que se le enrostra”.
En su extensa resolución Ballestero dijo que la defraudación que se le enrostraba a Spadone “exige la concurrencia de un fraude y de un perjuicio” y que debe verificar un engaño “tendiente a hacer incurrir en un error a la víctima de la maniobra”, lo que no ocurrió en esta operación ya que, entendió el juez, el Ministerio de Acción Social sabía que Spadone no podía cumplir con lo acordado en la contratación.
“Es criterio de este Tribunal que el Ministerio de Salud y Acción Social contrató con los señores Spadone y Lorenzo con absoluto conocimiento de las dificultades que presentaba entonces el mercado nacional” para cubrir semejante cantidad de leche en polvo, dijo Ballestero.
Por eso, y sumado a que en el Ministerio sabían que la empresa de Spadone no producía su propia leche sino que la compraba a “pequeños tamberos”, para Ballestero es “imposible” que los funcionarios hayan sido “víctimas de un engaño”, lo cual no constituiría los extremos del delito de defraudación.
“En todo caso estamos en presencia de un fraude comercial” pero no de una estafa, indica Ballestero más adelante y recuerda que, sin embargo, el Ministerio de Salud y Acción Social como damnificado directo desistió de la querella.