La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor del Club River Plate y rechazó la demanda de un hombre para que no se aplique el derecho de admisión y se permita su ingreso al estadio.
En los autos "V. V. A. c/ Club Atlético River Plate s/ amparo Ley 16.986", Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor del Club River Plate y rechazó la demanda de un hombre para que no se aplique el derecho de admisión y se permita su ingreso al estadio.
El demandante, que tiene el acceso restringido porque fue condenado por robo, solicitó que se autorice su ingreso al estadio de fútbol Antonio Vespucio Liberti (Monumental) y, también, se disponga el retiro definitivo de su nombre de la lista de restricciones de ingreso a eventos de fútbol.
Asimismo, el hombre expresó que su prohibición se debe exclusivamente a sus antecedentes penales y lo consideró discriminatorio.
Por su parte, los miembros del Tribunal no hicieron lugar a sus argumentos y tuvieron en cuenta el Reglamento de Prevención contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos, mediante el cual los clubes deben arbitrar los medios necesarios a fin de evitar el acceso al estadio de las personas con restricción de acceso informadas por Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Futbolísticos.
Los magistrados explicaron que el Derecho de Admisión y Permanencia “es el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares" y, en este caso en particular, desde River informaron que, luego de evaluar el pedido del hombre, determinaron que no podía ser admitido en los espectáculos deportivos del Monumental.
En esa línea, los camaristas consideraron que "no se aprecia, en el limitado marco de conocimiento propio de la acción de amparo, la arbitrariedad o ilegalidad en el obrar del club demandado", tal como se agravió el demandante.