La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo de dos hermanos que sobrevivieron a la tragedia. “Importó un hecho de gran impacto social y con consecuencias sumamente dañosas que reclaman una respuesta adecuada por parte de los jueces", indicó el fallo.
La Justicia dictó una nueva condena contra el Estado Nacional y a la Ciudad de Buenos Aires por la tragedia de Cromañon, que dejó un saldo de 194 muertos y al menos 1432 heridos. La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo de dos hermanos que sobrevivieron a la mayor tragedia no natural de la historia argentina.
En los autos “F. M. P. y otro c/ EN – Mº Interior – PFA – Superintendencia de Bomberos y otros s/ Daños y Perjuicio”, el juez de primera instancia hizo lugar al reclamo de dos sobrevivientes, tendiente a obtener la reparación de los daños y perjuicios sufridos en el incendio ocurrido el 30 de diciembre de 2004 durante el recital de la banda “Callejeros”.
En este escenario, los camaristas Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogelio Vicenti responsabilizaron al Estado Nacional y a la Ciudad de Buenos Aires a cargar en forma solidaria con el 70% de la indemnización; mientras que los músicos deberán asumir el porcentaje restante por el daño psicológico y moral que sufrieron las víctimas.
“Importó un hecho de gran impacto social y con consecuencias sumamente dañosas que reclaman una respuesta adecuada por parte de los jueces, quienes no deben prescindir, en el cumplimiento de la misión que les incumbe, de la preocupación por realizar la Justicia”, señaló el fallo
Los jueces destacaron la “magnitud de los acontecimientos que originaron la presente litis”, y concluyeron que “corresponde honrar el deber imperioso e indeclinable de la Justicia de restituir el orden vulnerado, también en cumplimiento estricto de su deber constitucional”.
Este no es el primer fallo de la Justicia. En septiembre pasado se conoció que el Gobierno de la Ciudad deberá indemnizar a una víctima por daño moral. En este caso, los jueces consideraron que el hecho “afectó su espíritu, no solo por haber tenido que presenciar el hecho y ver puesto en riesgo su vida, sino por el recuerdo doloroso que se imprime en la memoria”.