La justicia en lo Contencioso Administrativo rechazó un amparo colectivo contra el DNU que modificó la ley de migraciones y acelera el proceso de deportación de extranjeros que hayan cometido un delito.
En la causa, el Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Argentina para Refugiados e Migrantes y el Colectivo por la Diversidad interpuso un amparo colectivo contra el DNU que modificó la ley de migraciones y acelera el proceso de deportación de extranjeros que hayan cometido un delito.
Dicho decreto, firmado por el presidente Macri, establece que "la Dirección Nacional de Migraciones podrá cancelar la residencia que hubiese otorgado, cualquiera fuese su antigüedad, categoría o causa de admisión, y dispondrá la posterior expulsión" de extranjeros que hayan delinquido.
Los demandantes consideraron que la resolución lesiona el conjunto de garantías mínimas del debido proceso, el derecho a la protección judicial efectiva y el acceso a la justicia, así como el derecho a igual protección de la ley, a la no discriminación y a la libertad ambulatoria.
Frente a ello, el titular del juzgado sostuvo que el Estado argentino tiene el derecho soberano de decidir sobre la entrada y permanencia de personas extranjeras en su territorio y las causales que impidan el ingreso y la cancelación de residencia "no se
trata de materia que interpele al principio de inocencia".
Según el juez, "no se trata de casos que susciten alguna duda en cuanto al ejercicio del derecho del Estado Argentino de decidir soberanamente sobre a qué personas extranjeras va a permitir ingresar o permanecer en su territorio y a cuáles no. Se trata, además, de categorías objetivas, por manera que tampoco tiene lugar un ejercicio discriminatorio de tales facultades que deba ser interdictado por el poder jurisdiccional":
Además, la ley de migraciones establece que, en los casos de extranjeros que se encuentren en territorio nacional, les asiste
el derecho a la asistencia jurídica gratuita, si carecieren de medios económicos para procurársela ellos mismos, en aquellos procesos administrativos y judiciales que puedan llevar a la denegación de su residencia legal o a la expulsión del territorio argentino, resaltó el magistrado.
Por todo lo expuesto, resolvió rechaar el recurso colectivo interpuesto.