La Justicia rosarina ordenó a los dueños de un perro a indemnizar a una mujer que sufrió una caía y diversas lesiones cuando el animal la atropelló con la intención de acercarse a su mascota.
En los autos "Salas, Mabel A. c/ Bocanegra Carlos s/ daños y perjuicios", se ordenó la indemnización de una mujer que sufrió lesiones por la caía que le provocó un perro al intentar acercarse a su mascota.
El hecho ocurrió cuando la mujer se encontraba en una plaza de Rosario cuando el perro del demandado se abalanzó sobre ella, le produjo una caída y diferentes lesiones que disminuyeron sus capacidades.
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de Rosario determinó que, como se trató de un hecho donde intervino un perro, resulta de aplicación el art. 1113 del CCiv., "recayendo sobre el dueño y/o guardián del animal la presunción de responsabilidad, correspondiendo a este la carga de acreditar la culpa de la víctima o el hecho del tercero o caso fortuito".
En esa línea, la ley sostiene que “un animal, por su naturaleza, no deja de ser una cosa y, como tal, susceptible de generar riesgos, una interpretación armónica de la legislación y de la doctrina, hace radicar el fundamento de la responsabilidad del dueño o guardián en el riesgo creado”.
La normativa expresa que el hecho debe probarse debidamente como ocurrió en la causa gracias a las declaraciones testimoniales de testigos.
Por todo lo expuesto, los jueces resolvieron hacer lugar a la demanda y de la mujer y ordenaron una indemnización por $50.000.