20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Médico negligente

La justicia de Rosario condenó a un médico que le colocó un implante mamario de mayor volumen del que correspondía a una paciente con secuelas de cáncer y le produjo la pérdida de una mama de por vida. 

En los autos "V. N. c/ S. R. s/ daños y perjuicios", el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Rosario condenó a un médico que le colocó una prótesis mamaria indebida a una paciente que sufrió cáncer y le produjo la pérdida de una mama de por vida.

La mujer demandante relató que luego de un tratamiento con quimioterapia, radioterapia y varias cirugías para tratar un cáncer de mama, decidió consultar al cirujano plástico demandado para un cambio de prótesis y, a partir de ese momento, comenzó un calvario que terminó con la pérdida total de una mama de por vida.

A los pocos días de la intervención, la prótesis estaba entre la clavícula y el lugar donde normalmente se encuentra la mama y le produjo un fuerte dolor que no podía calmarse con los analgésicos. La víctima pasó por varias cirugías más, con diferentes cambios de prótesis, colocación de drenaje, pero nada pudo solucionar el daño.

Frente a ello, los miembros del Tribunal sostuvieron que se debe responsabilizar al médico demandado por impericia e incumplimiento de su deber de información ya que si bien la técnica utilizada era la correcta, no lo fue para la paciente, en tanto la colocación de una prótesis de mayor tamaño en una zona que anteriormente había sido operada e irradiada y luego sometida a cirugías reparadoras no parecía lo más adecuado ya que los tejidos de la zona se encontraban desvitalizados.

Los jueces resaltaron que la jurisprudencia señala que la actividad de profesional liberal está sujeta a las reglas de las obligaciones de hacer, siendo la responsabilidad subjetiva, excepto que se haya comprometido un resultado concreto.

En esa linea, "son factores subjetivos de atribución la culpa y el dolo. La culpa consiste en la omisión de la diligencia debida según la naturaleza de la obligación y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar. Comprende la imprudencia, la negligencia y la impericia en el arte o profesión".

Por todo lo expuesto, los magistrados condenaron al médico a pagarle a la paciente una indemnización de $219.000.

 

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