La Cámara Federal de La Plata rechazó el pedido de prisión domiciliaria de un hombre que argumentó la necesidad de hacerse cargo de sus hijos menores y denunció discriminación de género por excluirlo de este beneficio.
En los autos “Incidente de prisión domiciliaria de L., W. H.”, la defensa del detenido interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó el pedido de prisión domiciliaria para poder hacerse cargo del cuidado de sus dos hijos menores.
Asimismo, la abogada del imputado se agravió por el hecho que el beneficio de la prisión domiciliaria podría ser otorgado a la madre de un niño menor de cinco años y la interpretación basada en el género resulta contraria a los lineamientos de la ley 26743, de Identidad de Género, y que excluyéndose al padre de la norma discrimina su pupilo por ser contraria a la Constitución Nacional.
Frente a ello, los miembros del Tribunal sostuvieron que la concesión del instituto de la prisión domiciliaria es una facultad del órgano judicial y de ninguna forma un imperativo de carácter legal y, en este caso, se comprobó que la guarda de los niños pertenece a la abuela paterna desde el año 2015.
En ese sentido, el informe socio-ambiental arrojó que la mujer siempre se hizo cargo de los menores porque su padre “se encontraba en una situación de consumo problemático de sustancias”.
Por último, los jueces resaltaron que los hijos del hombre preso por venta de estupefacientes superan ampliamente la edad a la que se refiere la ley y cuentan con el apoyo económico de un tío para solventar sus gastos.
Por todo lo expuesto, los magistrados resolvieron confirmar la sentencia de grado y rechazar el pedido de prisión domiciliaria del imputado.