La justicia en lo Civil y Comercial responsabilizó al Estado por la muerte de una mujer durante un tiroteo con la policía. Para los jueces, más allá que el efectivo actuó legítimamente, es responsable por la preparación y elección de sus agentes.
En los autos "Orieta Carmen Leonides y otro c/ Ministerio del Interior Policía Federal Argentina y otro s/ daños y perjuicios", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal responsabilizó al Estado por la muerte de una mujer durante un tiroteo con la policía.
El hecho se produjo cuando la mujer viajaba junto a su hijo en un colectivo público y dentro de él comenzó un enfrentamiento donde el miembro de la fuerza intentó reducir a cuatro delincuentes que habían robado a varios pasajeros.
Para los miembros del Tribunal, por más que en el desempeño de las funciones de prevención y represión de los delitos el policía demandado hubiere obrado legítimamente, en los casos del daño causado a un tercero inocente, debe ser asumido por la comunidad toda a cuyo servicio está organizado el cuerpo policial.
Los jueces coincidieron en que el Estado Nacional es responsable por el fallecimiento de la mujer ya que "si alguien es provisto de un arma, quien la provee debe atenerse a los riesgos que la peligrosidad de la cosa genera; máxime siendo que es indudable que la Policía Federal es responsable de la elección de sus agentes y de su adecuada preparación técnica y psíquica".
Si bien la Policía Federal pretendía endilgar la responsabilidad al accionar ilícito de un tercero, se comprobó que el arma que impactó en el cuerpo de la víctima provino de uno de sus agentes.
Los magistrados resolvieron condenar al Estado a pagarle a la madre de la mujer fallecida una indemnización de $200.000 en concepto de daño moral y valor vida.