La comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal avanzó en la sanción de la violación y divulgación de material de carácter secreto. De este modo, los juristas decidieron sancionar tanto a la persona que obtuvo material legalmente, y estando obligado a destruirlo o a borrar los soportes de las grabaciones, o las copias de las intervenciones postales, cablegráficas, o los facsímiles, o cualquier otro elemento que permita documentar el resultado de estas interceptaciones, captaciones o desviaciones legítimas, no lo hiciere. También será sancionada la acción de quien habiendo accedido en forma legítima a estos soportes, copias o elementos, indebidamente comunicare a otro su contenido; como la de aquel que lo publicare o lo hiciere publicar.