El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº16 condenó a tres años de prisión a un capataz de la empresa de Edesur que decidió la instalación de un grupo electrógeno dentro de una vivienda que se había quedado sin suministro eléctrico. Como el lugar no tenía la ventilación suficiente, el monóxido de carbono se acumuló, lo que provocó la muerte de un hombre de 75 años y le ocasionó lesionas gravísimas a su esposa. El hombre, que cumplía la función de capataz de cuadrilla, fue condenado por los delitos de “homicidio culposo” y “lesiones culposas”. El 10 de julio de 2013, la víctima llamó cerca del mediodía a Edesur por un corte de luz y señaló su preocupación porque debía mantener refrigerada una medicación. La cuadrilla a cargo del imputado llegó a la vivienda para instalar un equipo electrógeno, que fue colocado dentro del garage. Los técnicos hicieron el chequeo sobre el funcionamiento y se retiraron luego de darle las instrucciones sobre cómo debían cargarlo. Cerca del mediodía, la esposa de la víctima se despertó, intentó levantar a su marido pero no reaccionó. La autopsia constató que el hombre murió por “intoxicación aguda por monóxido de carbono”. La mujer estuvo internada por más de seis meses y el hecho le produjo lesiones de carácter permanente en su salud.