20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Demanda millonaria por una gasa

La justicia en lo Contencioso Administrativo condenó a un hospital público por los daños que sufrió una paciente a la que le dejaron una gasa dentro del cuerpo luego de una cirugía.

En los autos "A. V. C. c/ G. C. B. A. y otros s/ daños y perjuicios", el Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó a un hospital público por los daños que sufrió una paciente a la que le dejaron una gasa dentro del cuerpo luego de una cirugía.

Los jueces consideraron que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe responder por el oblito quirúrgico incurrido en un hospital público durante una operación en la cual fue dejada una gasa dentro del cuerpo de una paciente, ya que la ausencia de normas claras y concisas sobre la materia es una omisión antijurídica.

Los miembros del Tribunal condenaron a los médicos que operaron a la mujer y al Gobierno de la Ciudad por los daños que la afectaron emotivamente y le generaron una comprensible angustia e intranquilidad.

"La falta de adopción de medidas concretas y positivas de control y cuidado para el conteo de gasas en un hospital público, si deficiente documentación y el incorrecto análisis y seguimiento de la paciente que fue sometida a una intervención quirúrgica en cuyo transcurso fue dejada una gasa en su cuerpo, configuran una inobservancia en la regular prestación de un servicio esencial a cargo del Estado", resaltaron los magistrados.

Sobre la responsabilidad puntual de los médicos que intervinieron en la cirugía, los titulares del juzgado expresaron que son culpables porque el conteo de gasas es un protocolo médico de refuerzo de seguridad, pero no un mecanismo excusatorio de los deberes médicos de actuar con el mayor celo y cuidado respecto de la salud del paciente.

"El médico cirujano debe examinar por sí mismo la cavidad en que se está operando a fin de constatar, con el debido detenimiento y riguroso escrutinio en qué condiciones se procede y cómo se realiza su cierre", añadieron.

Los miembros del Tribunal condenaron a los médicos que operaron a la mujer y al Gobierno de la Ciudad por los daños que la afectaron emotivamente y le generaron una comprensible angustia e intranquilidad.

Por todo lo expuesto, el Gobierno de la Ciudad y el hospital deberán abonarle a la damnificada $90.000 en concepto de daño moral.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486