18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Fallo ejemplar contra la violencia de género

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes condenó a cinco años de prisión a un hombre que golpeó a pareja y le produjo graves lesiones.

La Corte Suprema de la Justicia de Corrientes emitió una sentencia ejemplar para un caso de violencia de género donde condenó a un hombre a cinco años de prisión efectiva por haber golpeado a su pareja y causarle graves lesiones.

Los miembros del Máximo Tribunal confirmaron la sentencia del Tribunal Oral Penal de Goya  que halló culpable a Mauricio Ariel Paré del delito de lesiones graves doblemente calificadas por la relación de pareja y mediando violencia de género.

 

Si bien la defensa apeló la sentencia por considerar que causaba gravamen irreparable a su defendido, los jueces rechazaron sus argumentos y sostuvieron que el informe médico resultó claro y contundente en cuanto al grado de lesiones que presenta la víctima.

 

El hecho sucedió cuando la víctima le manifestó a Paré, que se desempeñaba como profesor de artes marciales, sus intenciones de separarse, colocó sus pertenencias en el auto y él reaccionó de manera de violenta dándole golpes de puño en el rostro y le hizo una toma en el cuello con la intención de asfixiarla.

Los magistrados resaltaron que las agresiones físicas a la mujer estaban plena y ciertamente acreditadas y remarcaron que le produjeron a la víctima dos resultados lesivos: la debilitación permanente del órgano nasal respiratorio y la inhabilitación para el trabajo y estudios que cursaba y la inutilizaron por más de un mes.

Por ese motivo, denegaron el pedido del abogado del agresor que solicitó la recalificación del hecho como lesiones leves doblemente calificadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género, y en cuanto a la pena pidió se le aplicara un año de prisión de ejecución condicional, además de requerir la inmediata libertad de su defendido.

El fallo, que lleva la firma de los ministros Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez  y Fernando Augusto Niz no admitió ninguna de las quejas de la defensa del golpeador y se basó "conforme a la sana crítica, la razón, la lógica, la experiencia".

Si bien la defensa apeló la sentencia por considerar que causaba gravamen irreparable a su defendido, los jueces rechazaron sus argumentos y sostuvieron que el informe médico resultó claro y contundente en cuanto al grado de lesiones que presenta la víctima.

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