La justicia en lo Contencioso Administrativo suspendió por seis meses a una abogada que transfirió el dominio de un inmueble en perjuicio de la denunciante, a través de un poder falso.
En los autos "P. S. c/ Colegio Publico de Abogados de Capital Federal s/ ejercicio de la abogacia – ley 23.187 – art 47", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le suspendió el ejercicio profesional a una letrada que se valió de un poder adulterado para transferir un inmueble.
La mujer fue denunciada por utilizar un permiso falso para transferir el dominio del inmueble que componía la masa hereditaria de los sucesorios que representaba y, posteriormente, fue sancionada por el Colegio Publico de Abogados de Capital Federal (CPACF).
Los jueces resolvieron suspenderla por seis meses para ejercer la abogacía por realizar una maniobra delictiva de sustitución de identidad.
Los miembros del Tribunal