La Agencia de Acceso a la Información Pública ordenó al Ministerio de Producción a entregar datos sobre empresas beneficiarias de exenciones fiscales. El pedido se basa en lo prevista por la ley nacional de acceso a la información pública.
Mediante una resolución, la Agencia de Acceso a la Información Pública intimó a la Cartera conducida por Dante Sica a informar sobre las empresas beneficiarias de la Ley de promoción de las pequeñas y medianas empresas, y sobre el monto de los beneficios percibidos por cada una de ellas entre 2012 y 2018.
El reclamo fue realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) luego que la información le fuera denegada por el Ministerio que basó su postura en las excepciones legales de secreto industrial, comercial y financiero y de protección de datos personales.
La Agencia expresó que el Ministerio no tiene fundamentos para negarse a entregar la información solicitada por la entidad, ya que no se encuentra comprometido algún tipo de secreto, no perjudica el nivel de competitividad ni lesiona sus propios intereses.
Puntualmente, la resolución sostiene que el secreto fiscal es una regla excepcional que debe interpretarse restrictivamente, "no pudiendo extenderse a supuestos no regulados legalmente como es el caso de los montos y beneficiarios del régimen de promoción de pequeñas y medianas empresas".
En ese sentido, agregó que la información solicitada tampoco puede considerarse comprendida en la categoría de datos personales de carácter sensible porque cuando la información es entregada por su titular con conocimiento de que estaría sujeta al régimen de publicidad de la gestión estatal, no se aplica la protección de los datos personales.
La ley nacional de acceso a la información pública obliga al Estado a publicar proactivamente las transferencias de fondos provenientes o dirigidos a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, así como también los beneficiarios de dichas transferencias y los actos administrativos que las disponen.
La Agencia expresó que el Ministerio no tiene fundamentos para negarse a entregar la información solicitada por la entidad, ya que no se encuentra comprometido algún tipo de secreto, no perjudica el nivel de competitividad ni lesiona sus propios intereses.
"La expectativa de privacidad de los datos personales cede ante la existencia de obligaciones de transparencia activa que imponen al organismo dar a conocer abiertamente la gestión de sus recursos públicos", sostiene el texto.