21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

El jefe no es responsable de la fatalidad

La Cámara del Trabajo rechazó una demanda por la muerte de un trabajador ocurrida a manos de unos delincuentes por haberse desviado hacia un área peligrosa para que un compañero comprara drogas.

En los autos "Escobar Fabiola Patricia Sofía c/ Cablevisión S.A. y otro s/ accidente – acción civil", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó la demanda por la muerte de un hombre que, junto con su grupo de trabajo, se desvió de la zona asignada hacia un área de conocida peligrosidad para que uno de sus compañeros comprara estupefacientes.

El Tribunal, integrado por Gregorio Corach y Miguel Ángel Pirolo, consideró que "la muerte del trabajador haya ocurrido dentro de la jornada de trabajo no acarrea la responsabilidad de las demandadas porque, en definitiva, el acto delictivo fue cometido por un tercero, ajeno a la relación laboral".

Los jueces desestimaron la denuncia porque se trataron de actos delictivos perpetrados por terceros que abordaron a la víctima fuera del establecimiento de la empleadora y fuera del radio de trabajo que tenía asignado y utilizaron un arma que no estaba bajo la guarda del empleador ni de la aseguradora.

 


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