La justicia ordenó indemnizar por daño moral a una empleada pública por el mobbing que sufrió por parte de sus superiores.
En los autos "V. S. M. c/ Estado Nacional -Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto s/ empleo público", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al pedido indemnización por el daño moral derivado del mobbing que sufrió una mujer por parte de sus jefes.
La empleada del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto denunció que recibió durante un tiempo malos tratos por parte de sus jefes que generó una mala relación y derivó en la falta de renovación de su contrato.
Los jueces resaltaron que se comprobó el ‘mobbing’ o acoso laboral vertical que sufrió la mujer de manera directa y le generaron una destrucción anímica y psíquica.
Los miembros del Tribunal revocaron la sentencia de grado y admitir la existencia del ‘mobbing’ denunciado toda vez que para considerar que no se encontraba acreditado, el juez de grado tuvo en cuenta que no se habían formulado denuncias ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y en la Asociación de Trabajadores del Estado; pero sin embargo, se advierte que la inexistencia de una denuncia por acoso no puede bastar para desestimar una situación como la denunciada.
En el fallo se detalla que, según la declaración de testigos, la denunciante fue víctima de maltrato, persecución y hostigamiento que no pueden calificarse como episodios esporádicos, sino como maltratos reiterados y sistemáticos de los cuales se infiere una intencionalidad degradante para ella.
En ese sentido, teniendo en cuenta los rasgos característicos del ‘mobbing’, como la repetición de las conductas abusivas y la relación de asimetría o desigual dada entre las dos partes,se debe admitir la configuración del acoso denunciado.
Los jueces resaltaron que se comprobó el ‘mobbing’ o acoso laboral vertical que sufrió la mujer de manera directa y le generaron una destrucción anímica y psíquica.