La OEA aprobó una resolución donde solicitó a los Estados miembros incorporar la perspectiva de género en el tratamiento de las personas privadas de su libertad. En Argentina será la Defensoría General de la Nación quien garantice la aplicación.
La Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó una resolución donde alentó a los miembros a que “incorporen un enfoque integral y/o diferenciado y una perspectiva de género con respecto a las personas en condiciones de vulnerabilidad y/o históricamente discriminadas que se encuentren privadas de libertad”.
El objetivo de este tratado es lograr un avance en materia de género y, para ellos, los países partes deberán establecer "mecanismos de monitoreo de centros de detención para prevenir y denunciar tratos crueles, inhumanos y degradantes en los contextos de encierro de toda persona”.
La normativa contempla que se capacite al personal encargado de su custodia y se garantice a las personas detenidas en establecimientos penitenciarios el derecho de acceso a la justicia y al respeto de su dignidad, el acceso a la salud y el goce de sus derechos en general, sin discriminación.
El proyecto de esta resolución fue propuesto por la Misión permanente argentina en la OEA, a instancias de la Defensoría General de la Nación, en el marco de las políticas de fortalecimiento de la defensa pública en la región que lleva adelante la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF).
Para la redacción de estos apartados, la OEA tomó en cuenta documentos elaborados por la AIDEF, como la Guía Regional para la Defensa Pública y la Protección Integral de las Personas Privadas de Libertad; los Manuales de Monitoreo de Derechos Humanos en los Centros de Privación de Libertad por parte de las Defensorías Públicas: Visitas Generales y Entrevistas Individuales; el Manual Regional de Buenas Prácticas Penitenciarias y el Manual Regional: las Reglas de Bangkok en Clave de Defensa Pública.
La normativa contempla que se capacite al personal encargado de su custodia y se garantice a las personas detenidas en establecimientos penitenciarios el derecho de acceso a la justicia y al respeto de su dignidad, el acceso a la salud y el goce de sus derechos en general, sin discriminación.