En el marco de la causa que involucra a las firmas de mensajería y reparto de sustancias alimenticias, la jueza Patricia López Vergara rechazó la habilitación de días y horas inhábiles requerida por el Ejecutivo local a fin de que la magistrada de turno resuelva el recurso de reposición con apelación en subsidio que mediante idéntico escrito interpuso contra la resolución dictada por el magistrado Andrés Gallardo. En el caso, el juez interviniente citó en forma personal al titular de la Secretaría de Transporte y a la Directora General de Tránsito y Transporte del GCBA a una audiencia a celebrarse el 19/07/2019 a efectos de impartir las directrices para la implementación de las medidas a adoptar en relación a la manda ad cautelar dictada en dichos autos "Envíos YA SA c/ GCBA s/ amparo". La magistrada recordó que "a tenor del reglamento de turnos, la habilitación de días y horas inhábiles excluye expresamente el caso sometido a decisión en tanto prevé: ‘El presente reglamento (…) no resulta aplicable a las presentaciones relativas a causas que ya tengan radicación por ante algún magistrado/a del fuero, ni para la iniciación de nuevos incidentes en dichas causas, que se rigen por lo dispuesto en el artículo 135 del CCAyT'". Y destacó que "el mencionado reglamento pone en cabeza del peticionario la obligación de justificar el cumplimiento de los requisitos que enmarcan la viabilidad y procedencia del régimen de turnos; circunstancia que no se verifica en autos", por lo que concluyó que "no se encuentran cumplidos los requisitos exigidos por la resolución CM nº 2/2013 para la habilitación de días y horas inhábiles".