La Sala I de Cámara de Apelaciones PCyF de la Ciudad de Buenos Aires dio lugar a lo solicitado por la Fiscalía de Cámara PCyF Oeste, a cargo de Martín Lapadú, quien impulsó la aplicación de la Ley del Arrepentido en un caso por narcomenudeo. “El fallo será de utilidad para la investigación de delitos vinculados con las drogas y también complementa las posibilidades del Código de Procedimiento, en cuanto a la facultad que tiene un imputado de colaborar con la fiscalía a cambio de verse beneficiado con una reducción de pena o archivo del caso”, sostuvo el fiscal. El caso llegó a la Cámara de Apelaciones luego de que la jueza de grado obrante no homologara el acuerdo al que habían llegado el fiscal, el defensor y su asistido. En este marco, la Fiscalía de Cámara PCyF Oeste interpuso un recurso de apelación argumentando que la decisión que rechazaba la homologación del acuerdo, era recurrible. Entre otros argumentos, el escrito sostiene que dado que la ley del arrepentido sustituyó el artículo 41 ter del Código Penal Nacional, esta ley sí tiene aplicación en todo el país.