04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Se utilizaron las plataformas informáticas Cisco Jabber/Polycom

Audiencia online inter-provincial

La Cámara Federal de Casación Penal llevó a cabo una audiencia online entre las Provincias de Salta y Córdoba, donde se sustanciaron impugnaciones contra una sentencia condenatoria de narcotráfico.

Ante la extensión del aislamiento, la Sala VI de la Cámara Federal de Casación Penal llevó a cabo por medios informáticos oficiales una conexión directa con las Provincias de Salta y Córdoba, para realizar una audiencia oral remota por impugnaciones contra una sentencia condenatoria de narcotráfico.

Para la realización de la audiencia se utilizaron las plataformas informáticas Cisco Jabber/Polycom y se contó con la asistencia de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la organización de la Oficina Judicial de la Cámara Federal de Casación Penal.

 

Los camaristas Borinsky, Carbajo y Hornos escucharon a las partes y promovieron la controversia, prosiguiendo con el nuevo Código Procesal Penal Federal. Tras efectuarles preguntas aclaratorias sobre sus ponencias, les informaron que la resolución definitiva iba a ser dictada en el plazo de ley.

 

Según el tribunal oral que dictó la condena, el caso trata del secuestro de casi 12 kilogramos de cocaína y la disposición de un procedimiento de “entrega vigilada” de las encomiendas mediante las que, según el tribunal de juicio, se iba a transportar la droga.

En el acto, que se llevó a cabo en el marco del nuevo Código Procesal Penal Federal, vigente desde junio de 2019 en su totalidad para las provincias de Salta y Jujuy, intervinieron los Jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Hernán Borinsky -Presidente-, Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revisará las condenas dispuestas y las penas de hasta 10 años de prisión en orden al delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas (art. 5 “c” y 11 “c” de la Ley 23.737).

Los camaristas Borinsky, Carbajo y Hornos escucharon a las partes y promovieron la controversia, prosiguiendo con el nuevo Código Procesal Penal Federal. Tras efectuarles preguntas aclaratorias sobre sus ponencias, les informaron que la resolución definitiva iba a ser dictada en el plazo de ley.

Cabe recordar que la Cámara Federal de Casación Penal mediante las Acordadas 5/20, 6/20, 8/20, 10/20, 11/20 Y 12/20, ha otorgado plena validez a los actos procesales realizados de forma remota, habilitando el trabajo de magistrados, funcionarios y empleados desde sus hogares; circunstancia que demanda la utilización y maximización de las herramientas digitales y tecnológicas disponibles.

 

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