Los integrantes del Superior Tribunal de Justicia dictaron la Resolución Nº 204, en virtud de la situación epidemiológica de Mocoretá. Dispusieron la suspensión de los plazos para las causas que se tramitan ante el Juzgado de Paz de Mocoretá, en los términos del artículo 187, inc. 7) de la Constitución Provincial, a partir del día 3 de junio de 2020 y hasta nueva disposición de la Corte Provincial. Se designó al Juez de Paz de Mocoretá, Luis Jorge Podestá y al Secretario de ese Tribunal, Gabriel Orlando Giménez, para que se desempeñen como autoridades mientras dure la situación. Durante este período se tramitarán ante el Juzgado de Paz de Mocoretá, los casos urgentes conforme lo establecido en el art. 104, en función de las únicas excepciones del art. 105 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (Decreto Ley N° 26/00) y todo otro asunto que merezca atención por las circunstancias particulares de la crisis sanitaria. El horario de funcionamiento del Tribunal será de 8 a 12 horas. El magistrado tendrá facultades para designar la dotación mínima, necesaria e indispensable para cumplir funciones de manera presencial de acuerdo a las necesidades del servicio, con las excepciones previstas respecto de las personas que integran grupos de riesgo. El resto del Plantel de Personal del Juzgado cumplirá funciones bajo la modalidad home office, a efectos de realizar una mínima prestación de servicio conforme a las labores propias de su competencia.