20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
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Que no falte el sueldo durante la pandemia

La Cámara Única del Trabajo de Córdoba dispuso que se realice un pago anticipado a un trabajador que estaba internado cuando comenzó la pandemia. Fue porque durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio "sus necesidades se hicieron más evidentes"

En la causa: “B., T. M. c/ Galeno A.R.T. S.A. – Ordinario – Accidente (Ley de Riesgos)”, la Sala 6° de la Cámara Única del Trabajo de la ciudad de Córdoba hizo lugar a una “medida autosatisfactiva” solicitada por un trabajador que había sufrido graves lesiones tras ser embestido por un automóvil cuando se dirigía a su lugar de trabajo.

En consecuencia, ordenó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) demandada pagar parcialmente las indemnizaciones reclamadas en el juicio. Pocas semanas después, el tribunal hizo lugar a la totalidad de la demanda.

 

Por ello, a través de sus representantes solicitó una medida excepcional para lograr el reconocimiento parcial de las indemnizaciones pretendidas en la demanda y así afrontar la situación con los cuidados terapéuticos necesarios junto a sus seres queridos.

 

 

Al final, la magistrada Nancy El Hay dispuso dentro de la resolución definitiva un apartado especial conteniendo un mensaje en términos coloquiales dirigido al trabajador y a su familia.

Allí les hizo saber del compromiso asumido por los integrantes de la sala quienes, movilizados por la especial situación en la que se encontraba el trabajador, arbitraron todos los medios a su alcance para una pronta resolución de la causa sometida a debate.

Asimismo, la magistrada destacó que, en el caso, se verificaba una “urgencia impostergable extrema” que no admitía demora en su concesión; esto, no solo por el grave estado incapacitante en que se encontraba el trabajador, sino también por el riesgo cierto de que contraiga Covid-19.

El juicio había sido iniciado por el trabajador accionante en 2019. Sin embargo, fue durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio que sus necesidades se hicieron más evidentes.

Además de las múltiples secuelas que le dejó el accidente, ocurrido a fines de 2016, la pandemia del Covid-19 lo encontró internado y aislado en un hospital de la ciudad de Córdoba, sin posibilidad de tener contacto directo con su familia.

Por ello, a través de sus representantes solicitó una medida excepcional para lograr el reconocimiento parcial de las indemnizaciones pretendidas en la demanda y así afrontar la situación con los cuidados terapéuticos necesarios junto a sus seres queridos.

Ello motivó una primera resolución por parte del tribunal en la que dejó sin efecto la decisión del Juzgado de Conciliación interviniente, que había rechazado el pedido. Al mismo tiempo, ordenó a la ART el pago de una suma de dinero que estaba reconocida en sede administrativa y que no estaba controvertida en la causa.

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