20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Vuelven los escribanos

Los escribanos fueron habilitados en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Se trata de los únicos profesionales del derecho autorizados a ejercer su función en forma plena frente a las limitaciones de la cuarentena.

La actividad notarial fue habilitada en la nueva fase del Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio (APSO).

A raíz del decreto 605/20 del Poder Ejecutivo Nacional, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires publicó el decreto 265/20, en cuyo anexo incluye a los escribanos como uno de los servicios profesionales exceptuados a partir de hoy.

La medida se dio tras el anuncio del Gobierno nacional de prorrogar la vigencia del APSO hasta el 2 de agosto de 2020 inclusive, exclusivamente para las “personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente" con determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios.

 

Según el Plan Integral y Gradual de Puesta en Marcha de la Ciudad, los abogados serán autorizados para trabajar en sus estudios jurídicos la próxima semana.

 

Los notarios fueron nuevamente incorporados a la nómina de actividades exceptuadas, siendo los únicos profesionales del derecho autorizados a ejercer su función en forma plena frente a las limitaciones dispuestas a causa de la pandemia del coronavirus.

Según el Plan Integral y Gradual de Puesta en Marcha de la Ciudad, los abogados serán autorizados para trabajar en sus estudios jurídicos la próxima semana. Una situación idéntica sucederá en la provincia de Buenos Aires, donde se dispuso la apertura de las oficinas a partir del 27 de julio en el marco del listado de actividades autorizadas en la "fase escalonada 3" de los municipios del AMBA. La actividad deberá ejercerse bajo “estricto protocolo de prevención”.

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
escribanos ASPO notarial abogados

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486