Del mismo modo, los profesionales concluyeron que durante su niñez el condenado fue víctima de “maltrato físico y psíquico” por parte de sus padres y señalaron en su informe que la madre lo echó de la casa antes de que cumpliera los 13 años.
Inclusive, agregaron, el joven consumía diariamente tres botellas de whisky, además de cocaína, marihuana y un medicamento denominado Akineton, “llegando a ostentar comportamientos transgresores para procurarse los mismos”.
Bobadilla “presenta un trastorno de la personalidad (border line) con tendencias adictivas y disociales, con una dotación intelectual restringida compatible con un retraso mental de leve a moderado, pasible de descompensaciones psicóticas”, añadieron los peritos.
Pero los jueces, al fundamentar el fallo condenatorio, sostuvieron que el joven “no presenta patología enajenante de sus facultades mentales, conservando la capacidad de comprender el valor o disvalor de sus acciones” y lo declararon imputable.
Recordemos que el artículo 34 del Código Penal establece que no es punible, “el que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconsciencia,...comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”.
Bobadilla había sido contratado por el dueño de una casa de antigüedades, Horacio Sidulakis, para que realizara reparaciones domésticas en su domicilio de la calle Ceballos 327 de la Capital Federal.
Pero el 19 de febrero del año pasado, el joven reaccionó violentamente contra Sidulakis presuntamente por cuestiones laborales, fracturándole primero el rostro con un objeto contundente y apuñalándolo luego con un cuchillo que le determinó la muerte por perforación de la arteria carótida.
Los abogados querellantes habían solicitado que a Bobadilla se lo juzgara por homicidio en ocasión de robo, lo cual fue desestimado por el tribunal.