20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Abordaje con protocolo

Río Negro aprobó el primer “Protocolo de Femicidios” elaborado por el Poder Judicial, que define pautas precisas para los organismos del fuero Penal sobre cómo identificar, registrar y analizar los asesinatos de mujeres en contextos de violencia de género que se cometan en la provincia.

El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General aprobaron el primer “Protocolo de Femicidios” del Poder Judicial de Río Negro donde se precisan las pautas a seguir por el fuero Penal para actuar ante los asesinatos de mujeres en contextos de violencia de género que se cometan en el territorio.

La aplicación del protocolo, que unifica las variables y criterios de registración para el Ministerio Público Fiscal y las Oficinas Judiciales Penales, permitirá recabar información más detallada, precisa y sistematizada sobre los femicidios. La intervención de las áreas de Planificación Estratégica y Estadísticas del Poder Judicial y la Procuración permitirá, además, que la compilación de la información sea automatizada y no manual, garantizando mayor transparencia y menor margen de error en los datos.

La cantidad de variables que se registrarán con la aplicación del Protocolo permitirá tener información detallada sobre las víctimas, los imputados, las víctimas indirectas, el uso de armas de fuego, el lugar, modo y contexto en el que se cometió el femicidio y el historial judicial de cualquier fuero que pudiera existir entre las partes, entre muchos otros detalles. 

“La confección de registros y el posterior procesamiento de la información resultan herramientas fundamentales para la reflexión sobre las prácticas institucionales, al mismo tiempo que constituyen el insumo necesario para el desarrollo de políticas públicas preventivas y efectivas”, sostiene la Acordada emitida por el STJ.

El Protocolo se aplicará no sólo a los femicidios directos sino también a los femicidios vinculados y los femicidios vinculados “por interposición en la línea de fuego”.

Con respecto a la carga de datos sobre víctimas indirectas, el texto recuerda que “las personas menores de 21 años que sean hijos e hijas de mujeres cis, trans o travestis asesinadas en contexto de violencias de género tienen derecho a solicitar una reparación económica. De allí la importancia de analizar este tipo de hechos con perspectiva de género, sabiendo que ello implica también garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes que resultan ser víctimas indirectas de los femicidios”.

El enorme caudal de información que se busca recabar no sólo servirá para dar sustento al Registro Provincial de Femicidios que desarrolla la Oficina de Derechos Humanos y Género del Poder Judicial, sino también para volcar información de calidad al Registro Nacional de Femicidios que elabora la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

 


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