El Colegio de Escribanos porteño anunció un nuevo sistema de certificación notarial a distancia. La herramienta será de gran utilidad en los boletos de compraventa y contratos de alquiler. ya que "garantiza la inalterabilidad del documento, sino también la certeza de la firma"
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires presentó el nuevo “Sistema digital de certificación de firmas”, mediante la utilización de la firma ológrafa digitalizada. Con la herramienta se podrán certificar firmas a distancia, a través de una videollamada y con un software desarrollado por la institución, bajo todos los estándares de seguridad jurídica.
El sistema, según explicaron, garantiza que la comunicación se lleve a cabo de manera encriptada, por medio de una app, a través de la cual el escribano certifica todo el proceso con la validación biométrica de identidad conectada con el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
La herramienta tiene múltiples funcionalidades, ya que permite también certificar en presencia en un documento digital o papel. El presidente de la institución, Carlos Allende, manifestó: “Este sistema, que es optativo para los escribanos, nos permite ofrecer a la sociedad instrumentos cada vez más cercanos a su necesidad, y en consonancia con la inmediatez de muchos trámites digitales”.
“Ante los inminentes cierres de actividades en distintas áreas de la economía, la firma a distancia ofrece ser una solución para aquellos casos donde los requirentes no se encuentren en forma presencial ante el escribano, o no puedan trasladarse a una escribanía”, señalaron.
“Con este desarrollo nos colocamos a la vanguardia de los servicios privados que ofrecen seguridad de firma en documentos digitales, ya que este nuevo sistema garantiza no sólo la inalterabilidad del documento, sino también la certeza de la firma, de la fecha, la legitimación de la personería y una validación de identidad similar a la presencial”, agregó.
Desde institución explicaron que será de gran utilidad en los boletos de compraventa y contratos de alquiler, pero advirtieron que por el momento sólo aplica para instrumentos privados, dado que, por ejemplo, para una escritura o un poder el Código Civil y Comercial prevé el soporte papel. “Ante los inminentes cierres de actividades en distintas áreas de la economía, la firma a distancia ofrece ser una solución para aquellos casos donde los requirentes no se encuentren en forma presencial ante el escribano, o no puedan trasladarse a una escribanía”, señalaron.