A partir del análisis de varias causas, una jueza correntina envió un oficio a la Jefatura de Policía de la Provincia para que se capacite al personal que está en contacto con situaciones que involucran a las infancias trans. La magistrada advirtió que "no hay una sensibilización adecuada" de parte de los funcionarios policiales en identidad de género
La titular del Juzgado de Menores N°3 de Corrientes, Pierina Ramírez, envió un oficio a la Jefatura de Policía de la Provincia y a las Jefas de la Comisaría 1° y 2° que corresponden a la Mujer y el Menor para que se capacite al personal que diariamente está en contacto con las situaciones de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes respecto del “trato digno” garantizado en la Ley 26.743 a las infancias “trans”.
La decisión de la magistrada se basó en lo percibido en varios casos que se tramitan en su juzgado y en los que el trato dispensado a estos niños no fue la adecuada. Consideró que no hay una sensibilización adecuada de parte de los funcionarios policiales en identidad de género y respeto a la diversidad sexual de las infancias.
La jueza ordenó la revisión de los procedimientos y protocolos de atención a las infancias y recordó el derecho que tienen las personas a ser reconocidas y nombradas por su identidad autopercibida, “en todos los ámbitos institucionales y desde el momento en que lo explicitan, sin importar que hayan realizado o no el trámite de cambio registral”.
Ramírez consideró que la falta de capacitación “lleva muchas veces a la revictimización de quiénes siendo personas menores de edad trans concurren a las dependencias policiales” y les recordó que la Convención de los Derechos del Niño “nos exige a todos un trato respetuoso de las personas menores de edad, exigencia que debe siempre entenderse en clave de inclusión y sobre todo de “no discriminación””.
En el oficio, la titular del juzgado le indicó al personal policial que tenga contacto con los menores y sobre todo aquellos de condición “trans”:preguntarles cómo prefieren que se les nombre y de allí en más, nombrarles de ese modo; incluir en todo instrumento de registro únicamente el nombre expresado, coincida o no con el que figura en el DNI; para llamar en público, utilizar el nombre de pila de su elección.
También se requiere llamar por el apellido cuando no se sepa si el nombre que figura en los registros es el que utiliza; utiliza pronombres y artículos de acuerdo a la identidad de género de la persona: masculino, femenino. "Cuando existan dudas, preguntar qué pronombre prefiere que se utilice", especificó.
Por último, explicó que se definieron algunos términos para que se hable en clave de inclusión y respeto por la diversidad.