20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Cannabis para mamá

Un hombre que cultivaba plantas de marihuana en su casa con fines medicinales para aliviar los dolores que aquejaban a su madre fue absuelto por un Tribunal de Lucha contra el Narcotráfico, que entendió que el imputado tenía "una finalidad benévola"

En autos “F., G. N. p. s. a. Cultivo de plantas para producir estupefacientes”, el imputado, quien cultivaba plantas de cannabis, fue sobreseído por completo tras comprobarse que las utilizaba con motivos medicinales para aliviar los dolores que sufre su madre. La progenitora tenía una “discopatía múltiple de larga trayectoria, sin respuesta a la medicación”, como así también osteoporosis vertebral avanzada.

La sentencia dictada por el Juzgado de Control de Lucha Contra el Narcotráfico ponderó que el acusado ya había contactado a un médico matriculado para, frente a los graves padecimientos de la salud de su madre, iniciar los trámites para inscribirse ante Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), organismo que emite la autorización  a los pacientes o sus parientes para acceder al cultivo controlado de la planta de cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor.

 

En tal sentido, la magistrada que dictó el fallo (María Dolores Morales) recordó  que a partir de la sanción de la Ley 27.350 existe un nuevo escenario con relación al cultivo de la planta de cannabis, ya que ante determinadas circunstancias y con el fin de tener un efecto curativo o paliativo para la salud humana, “dicho cultivo puede no quebrantar la salud pública”.

 

Por ello, se tuvo en cuenta que el imputado no estaba vinculado al cultivo de plantas de cannabis con la intención de insertar su producido en la cadena de tráfico de estupefacientes; sino que buscaba ayudar a su progenitora a paliar los efectos de sus graves padecimientos físicos.

En tal sentido, la magistrada que dictó el fallo (María Dolores Morales) recordó  que a partir de la sanción de la Ley 27.350 existe un nuevo escenario con relación al cultivo de la planta de cannabis, ya que ante determinadas circunstancias y con el fin de tener un efecto curativo o paliativo para la salud humana, “dicho cultivo puede no quebrantar la salud pública”.

Asimismo, los vecinos del barrio manifestaron que “nunca advirtieron movimientos extraños o que les hiciera presumir que se vendieran drogas” en la casa del imputado. Por el contrario, afirmaron tener un buen concepto de él y de su familia.

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